Entiendo que con 9 horas semanales la empleada está contemplada en el régimen de Servicio Doméstico; es el 'personal con retiro' del que habla el Decreto (que es del año '56). De hecho la remuneración 'por hora' se actualiza por el Ministerio periódicamente. La última que recuerdo era de $6,20. Habría que chequear la última.
Con respecto a la consulta en sí, para cubrirle los aportes de todos los años, primero tiene que hacer el trámite del CUIL (tal vez ya lo tenga).
Después uds. como empleadores tienen que bajar de AFIP el Formulario 102 -
http://www.afip.gov.ar/genericos/formul ... erMain.asp
En el formulario se expresa solo lo relacionado con UN MES, pero si querés pagar los anteriores entiendo que no habría problemas. Ésto nunca lo hice, asi que preguntá en AFIP.
Respecto de los temas relativos a Srev. Doméstico, hay asesoramiento jurídico del Ministerio al 0-800-222-72583.
Para uds. empleadores, en el caso de que paguen Imp. a las ganancias, lo podés deducir de ahí. Ésto es importante, ya que digamos que 'te ahorrás' ésos aportes. Pero esto ya lo hace un contador.
Saludos