Hola a todos....les hago una consulta. Tengo una clienta que trabajaba como empleada administrativa para un señor que ejercia varias activdiades comerciales. Este señor le impartía las ordenes, le pagaba el sueldo, etc. Pero todas esas actividades comerciales estaban a nombre de sus hijos, comercios, y otros. Mi clienta intimó la registracion en los termkinos d ela ley 24.013 a todos, a su empelador real y a los hijos. Los hijos desconocieron la relacion laboral, y el empleador en los hecjos, conetstó con evasivas. En tals entido, se consideró despedida vigente el período de registracion.
Ahora bien, esta es la consulta: seguramente al conetstar la demanda los hijos opondrán la falta de legitimacion pasiva, argumentando que jamas trabajó para ellos, pero toda la documentacion surge que ellos son los titulares registrales de todas las activiades comerciales. En tal sentido pegunto: en donde se fundamenta la solidaridad laboral de dichos titulares, salvo que alguien entienda que no son responsables por no haber sido empeladores pese ser los titulares del comercio...agradecería me ayuden a fundar en derecho, ya sea con fallos, o normas la solidaridad de esta gente...Muchas a gracias a todos los que opinen...
Ahora bien, esta es la consulta: seguramente al conetstar la demanda los hijos opondrán la falta de legitimacion pasiva, argumentando que jamas trabajó para ellos, pero toda la documentacion surge que ellos son los titulares registrales de todas las activiades comerciales. En tal sentido pegunto: en donde se fundamenta la solidaridad laboral de dichos titulares, salvo que alguien entienda que no son responsables por no haber sido empeladores pese ser los titulares del comercio...agradecería me ayuden a fundar en derecho, ya sea con fallos, o normas la solidaridad de esta gente...Muchas a gracias a todos los que opinen...