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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #32041  por barney
 
sandranoemiibanez escribió:Pero q hago entonces, presento el pliego o no! jajajaaj Gracias por contestarme, besos
Mejor no confundir el pliego de posiciones en pcia de bs as se acompaña con la demanda y contestacion sino se pierde la prueba.
 #32071  por delma
 
sandranoemiibanez escribió:Pero q hago entonces, presento el pliego o no! jajajaaj Gracias por contestarme, besos
en rpovincia el pliego se presenta con la demnada no hago casi laboral, pero lo se porque me intimaron a presentarlo en 3 dias sino perdia el derecho de ofrecer esa prueba:

LEY 11653, DE LOS TRIBUNALES DE TRABAJO
ARTICULO 34.- Cuando se solicite la absolución de posiciones ser indispensable, para su admisión, acompañar el pliego respectivo. Caso contrario se la tendrá por no ofrecida.
 #32255  por laura2007
 
sandranoemiibanez escribió:Pero q hago entonces, presento el pliego o no! jajajaaj Gracias por contestarme, besos
hola , mira yo soy de mar dle plata y a mi si me piden que acompañe el pliego junto con la demanda, asi que lo acompañaria para no tenesr que comerme el hecho de que me tengan por no presentada la prueba confesional,de otra manera seria un riezgo grande e innecesario que correria, total solo algunas preguntas y te reservar el derecho de ampliar en el momento procesal oportuno.-
saludos Laura.-

 #33109  por lorenam
 
ojo!!
El pliego en PROVINCIA va con la demanda, tambien D.N.I. CARTA PODER, demanda una, y planilla de inicio en duplicado, todo afuera del sobre.
Adentro del sobre una demanda con sumario detallado tanto en el encabezado como en el frente del sobre y firma del abogado en la solapa.
Debes presentar tantas demandas y pruebas documentales copias como demandados haya mas uno por cada pericia solicitada, ademas debes pagar ius y bono. No tasa por la gratuidad en proceso laboral hasta ver que pasa con las costas
Aparte no te olvides de el pliego si o si
Besos
Lorena
 #33271  por TORDO
 
perdon abogado G, pero la consulta era por un proceso en provincia, y en provincia debe acompañarselo con el escrito d einicio de demanda o se pierde la prueba confesional, lo determina la ley 11653. En capital existe otra ley de procedimiento, y es verdad lo que afirma, no es necesario con el escrito de inicio.-

suerte

 #37598  por Galatea
 
En laboral, al menos en Provincia, el pliego de posiciones se acompaña al momento de entablar demanda (no es como en sede civil); si sos patrocinante lo firma tu representado y vos; si sos apoderada solo vos.
En cuanto a donde presentar demanda para sorte: Mesa Receptora:a la vuelta de los Tribunales de Familia que se encuentran sobre calle Alvear.
En la pagina del CAQ podras encontrar información y en la pagina del PJ de lap rovincia también. Saludos,
Claudia Emma

rta

 #37678  por gero
 
Absolución de posiciones: en el momento del ofrecimiento de la prueba, o sea en el escrito de inicio, si se propone la confesional (art. 26 de la ley 11653) para que la misma sea admisible, será indispensable acompañar el pliego respectivo. Caso contrario se la tendrá por no ofrecida (art. 34 1º párrafo de la ley 11653).- te sugiero que hagas esto.
Es mas hasta podes acompañar en un punto dentro de la demanda - pero tu primera oportunidad es el escrito de inicio.-
 #38430  por TORDO
 
Todavia seguimos opinando sobre este tema, es que no quedo claro ya ???

 #38540  por sebastianmss
 
En Quilmes tenes 5 tribunales laborales. Todos estan ubicados en el centro de Quilmes. Del uno 1 al 3 estan ubicados en la calle Alem E/Paz y Sarmiento (a la otra cuadra de la comisaria 1), el numero 4 esta en la calle garibaldi (a la otra cuadra de los 3 tribunales) y el numero 5 esta en la calle Alvear casi esq. 25 de mayo (a cuatro cuadras del Trib. 4). La carta poder la tiene que firmar tu cliente en presencia de la autoridad judicial. Los turnos son mensuales, asi que es probable que el tribunal que certifica carta poder este mes es el nº 4, por que hasta hace unos dias fue el nº 3. En el sobre pones el sumario e incluis la carta poder, la planilla va afuera y la llevas a la receptoria de expedientes que esta en la calle 9 de julio y Alvear (a la vuelta de los juzgados civiles y los trib. de familia y a una cuadra del colegio y la sede de la caja). Presentalo temprano por que tardan en la asignacion incluso hasta el otro dia. Tenes una canastilla con las caratulas de las causas, buscas la causa tuya y te dice que tribunal te asignaron.
 #1013280  por Martinfiberman
 
Consulta: En el sobre del pliego se coloca: "pliego de posiciones, autos, firma y sello en la solapa y quien sera el absolvente? o esto ultimo no? Hablo del sobre.
Otra cosa, el pliego propiamente dicho, va firmado por la parte y el abogado no?
Lo pregunto porque vi de todo, pero quiero saber que es realmente obligatorio.
 #1013284  por eltam88
 
El sobre no necesita protocolos, sino solo que identifiques los autos.
La firma depende de si actuas como apoderado o patrocinante, en el 1 º supuesto lo firma el letrado solo en el seguno ambos.