Hola! Pregunta....
con unos cuantos cheques rebotados y la información fehaciente de que su emisor tiene un vehiculo a su nombre , la idea es embargarlo y despues hacer el respectivo juicio ejectutivo.
Ahora...ante el riesgo de que este hombre transfiera...como es el tema del embargo?
Me presento ante el jdo. en el que voy a hacer el juicio ejecutivo y lo pido como medida cautelar? Efectivamente se puede pedir ANTES de presentar la demanda? En Capital sé que te dan un plazo de 10 dias posterior a la traba para iniciar acciones...pero como es en Pcia?
Se rige igual?
Otra cosa: si el valor del vehiculo no alcanza para cubrir toda la deuda...se lo puede inhibir por el remanente?
Disculpen si son preguntas un poco tontas...pero necesito que me confirmen esto, porque quizás me estoy equivocando.
Gracias!!!
con unos cuantos cheques rebotados y la información fehaciente de que su emisor tiene un vehiculo a su nombre , la idea es embargarlo y despues hacer el respectivo juicio ejectutivo.
Ahora...ante el riesgo de que este hombre transfiera...como es el tema del embargo?
Me presento ante el jdo. en el que voy a hacer el juicio ejecutivo y lo pido como medida cautelar? Efectivamente se puede pedir ANTES de presentar la demanda? En Capital sé que te dan un plazo de 10 dias posterior a la traba para iniciar acciones...pero como es en Pcia?
Se rige igual?
Otra cosa: si el valor del vehiculo no alcanza para cubrir toda la deuda...se lo puede inhibir por el remanente?
Disculpen si son preguntas un poco tontas...pero necesito que me confirmen esto, porque quizás me estoy equivocando.
Gracias!!!