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  • TITULO EJECUTIVO Y EMBARGO (ayudaaaaa)

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 #37825  por MER_
 
Hola! Pregunta....

con unos cuantos cheques rebotados y la información fehaciente de que su emisor tiene un vehiculo a su nombre , la idea es embargarlo y despues hacer el respectivo juicio ejectutivo.
Ahora...ante el riesgo de que este hombre transfiera...como es el tema del embargo?

Me presento ante el jdo. en el que voy a hacer el juicio ejecutivo y lo pido como medida cautelar? Efectivamente se puede pedir ANTES de presentar la demanda? En Capital sé que te dan un plazo de 10 dias posterior a la traba para iniciar acciones...pero como es en Pcia?
Se rige igual?

Otra cosa: si el valor del vehiculo no alcanza para cubrir toda la deuda...se lo puede inhibir por el remanente?

Disculpen si son preguntas un poco tontas...pero necesito que me confirmen esto, porque quizás me estoy equivocando. :?

Gracias!!! :D

 #37878  por diegogvillamayor
 
si podes inhibir no hay problema , en cuanto al embargo no creo que lo den antes de meter la demanda y que la otra parte conteste.
en el juzgado 8 creo en lomas no me lo dieron nunca y tengo varios presentado.

proba capas te lo dan.

saludos
 #38246  por laubossi
 
HOLA. INICIA LO ANTES POSIBLE LA DEMANDA EJECUTIVA Y EN ESE MIMSO ESCRITO PEDIS EL EMBRGO PREVENTIVO. CUANDO SALGA EL 1º AUTO, AHI MISMO SE TE VA A ORDENAR QUE TRABES EL EMBARGO. CON RESPECTO A TU 2º DUDA, OBVIAMENTE POR EL REMANENTE PODRAS SOLICITAR LA INHIBICION DE BIENES.
YO ME DEDICO A ESTE TIPO DE JUICIOS, SI NECESITAS ALGUN MODELO, MANDAME UN MENSAJE PRIVADO CON TU MAIL, Y CON TODO GUSTO TE HARE LLEGAR LO QUE NECESITES.
A TU SERVICIO
LB

 #38447  por MER_
 
Hola Lau, muchas gracias. Ya te mandé un MP.
Saludos!

:wink:
 #38458  por Trinity
 
Hola, lo que tenes que hacer es iniciar el juciio ejecutivo (x un cheque o x todos) contra el librador y contra los endosantes si los hay y en la demanda pedir como cautelar la inhibicion del/os demandado/s tanto en el Reg de la Prop de capitaly de provincia como en el Registro Nacional Automotor... y podes pedir embargo en la cuenta bancaria en caso de q la misma no este cerrada
Si tenes seguridad de que el auto esta a nombre del demandado y el mismo no esta embargado, entonces primero lo inhibis en el RNPA (asi evitas que pueda vender el auto), corres traslado de la demanda, y luego pedis el embargo sobre el auto.
Una vez que tenes el auto embargado tenes que pedir el secuestro del vehiculo...
La otra posibilidad que tenes si el deudor esta mas o menos limpio es pedirle directamente la quiebra.-
Espero q te sirva,

MER_ escribió:Hola! Pregunta....

con unos cuantos cheques rebotados y la información fehaciente de que su emisor tiene un vehiculo a su nombre , la idea es embargarlo y despues hacer el respectivo juicio ejectutivo.
Ahora...ante el riesgo de que este hombre transfiera...como es el tema del embargo?

Me presento ante el jdo. en el que voy a hacer el juicio ejecutivo y lo pido como medida cautelar? Efectivamente se puede pedir ANTES de presentar la demanda? En Capital sé que te dan un plazo de 10 dias posterior a la traba para iniciar acciones...pero como es en Pcia?
Se rige igual?

Otra cosa: si el valor del vehiculo no alcanza para cubrir toda la deuda...se lo puede inhibir por el remanente?

Disculpen si son preguntas un poco tontas...pero necesito que me confirmen esto, porque quizás me estoy equivocando. :?

Gracias!!! :D

 #39446  por mochoa922
 
Cdo presentes la demnada en el mismo escrito ofrece vos los bienes a embargo, fijate que te alcance para la deuda, porque si no te corres el riesgo que aun sin pagar te pidan levantar el embargo, porque los bienes si el monto no alcanza no tiene sentido el embargo. En Mza esto pasa seguido, fijate si no es mejor la inhibicion pero te la van a dar despues de que el tipo este rebelde y con sentencia. Espero te ayude. Saludos
 #39741  por doctoramanero
 
Encantada: no son preguntas tontas, són lógicas si no estas acostumbrada a hacerlo; primero solicitá en el escrito de inicio el embargo preventivo y trabás el mismo cuando salga la resolución del inicio de demanda y si no alcanza la deuda podés inhibir por el remanente; yo también tengo modelos, avisame que te los paso por acá, no tengo problemas; a tus órdenes; suerte.-