Hola, quiero despejarme esta duda. Tengo claro que no hay acción civil contra el empleador en caso de accidente in itinere, por cuanto no es posible cumplir con los presupuestos de responsabilidad civil que enumera el código.
Sin perjuicio de ello, yo tengo un trabajador que sufrió un accidente in itinere y debe reclamar la indemnización tarifada de la LRT. Entiendo que el responsable directo de la obligación de pago de la indemnización tarifada es el empleador. La codemandada de la obligación sería la ART.
Es correcto esto?
La demanda la entablo contra el empleador y contra la ART por un accidente in itinere?. Espero opiniones. Muy agradecida.
Sin perjuicio de ello, yo tengo un trabajador que sufrió un accidente in itinere y debe reclamar la indemnización tarifada de la LRT. Entiendo que el responsable directo de la obligación de pago de la indemnización tarifada es el empleador. La codemandada de la obligación sería la ART.
Es correcto esto?
La demanda la entablo contra el empleador y contra la ART por un accidente in itinere?. Espero opiniones. Muy agradecida.