Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • No me dan copia certificada de sentencia.

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #375726  por maria lujan
 
Hola a todos, necesitaria la ayuda de ustedes para un tema que para mi se tornó complicado, tengo una cliente que en 1997 se divorció, hizo primero separación y luego conversión en divorcio, a todo esto el juicio fue contradictorio y la otra parte jamás se notificó de nada. La abogada anterior dejó el juicio hasta el dictado de sentencia, y luego no hizo ni testimonio ni oficio, ahora me presento como nueva patrocinante y pido copia certificada de sentencia (es en forma urgente para un tramite de beneficio de jubilación en el exterior), el problema es que me contestan que no lo van a hacer hasta que no notifique a la contraparte, con la cual se perdió todo contacto, entonces pregunto: tengo obligación de notificarlo igual aunque el juicio haya tramitado en rebeldía? y en caso de poder ubicarlo, cual sería la forma mas rapida de notificarlo? puedo preparalo un escrito y que lo firme o tiene que hacerlo por letrado? Gracias a todos los que puedan ayudarme porque esto no me pasó nunca.
 #375840  por SALINASPAU
 
Tenes que presentarte en el expte, revocar el patrocinio anterior de la clienta. Acompàñar ius y bono, constituir domicilio procesal. te van a ordenar traslado a la contraria del nuevo domicilio, cedula que va con copia del escrito al constituido de la contraria. luego confeccionar cedula al domicilio real y al constituido de la sentencia. y esperas los plazos. para que la sentencia queda firme, que quedara cuando se venza el plazo de apelacion. no hay otra forma.
suerte
 #376209  por diegogvillamayor
 
es como te dijeron siempre tenes que notificar la sentencia.
Esta perfecto.

saludos.
Si no tenes los domicilios acttuales notifica bajo responsabilidad a los que estan en el expediente.
 #376251  por mariana
 
Coincido con lo posteado anteriormente. Y NO OLVIDES, ANTES QUE NADA TU CLIENTA DEBE REVOCAR PATROCINIO LETRADO DEL ABOGADO ANTERIOR para q puedas actuar (xq si tiene mala intención puede hacerte 1 problema a vos ante el tribunal de disciplina). Suerte!
 #376270  por klaudia7
 
Coincido con mis anteriores colegas, sobre todo en el tema que dice Mariana, OJO con el Tribunal de disciplina.
María Luján el tema es en capital o pcia? Te queda también (yo lo hice con mi divorcio) Notificar la sentencia por edictos.
 #383687  por maria lujan
 
Gracias chicas, no habia tenido en cuenta el tema de revocar el patrocinio. Claudia, la cuestion es en provincia y pensé lo de edictos pero como nunca lo hice no se si sera muy caro o complicado. Gracias.
 #384856  por Doncella_de_Orleans
 
En rebeldía, la sentencia se notifica al domicilio real.
 #385642  por maria lujan
 
Gracias por la aclaración, ahora me quedan algunas dudas con este tema: este expediente que tiene sentencia de divorcio del año 97 estaba archivado y tuve que pedir primero que se saque de archivo, la anterior colega no hizo ni testimonio ni oficio, igualemente rige la obligación de revocar el patrocinio? Gracias.
 #385727  por chiqui79
 
si, revocar el patrocinio lo tenes que pedir.
OJO no vaya a ser que quiere cambiar patrocinio por falta de pgo de honorarios, aportes, etc. Chequealo antes. Si la abogada no hizo inscripcion por algo sera. si no acreditas el pago de todo eso no te van a ordenar tesmtimonio e inscripcion por mas que hayas hecho las notificaciones. Un llamadito a la colega no estaria de mas.