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  • REGULARIZO O NO? LEY 24013

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #387358  por doky bravo
 
Hola a todos!!! A pesar de los asuetos, ferias adelantadas siempre hay alguna consulta para resolver...Tengo una amiga, que tiene un pequeño salon de peluqueria que recibio un TCL de parte de una "empleada" que realiza tareas en su salon tambien como peluquera, (por supuesto no esta regularizara la relacion laboral) en la que le intima a abonar pagos de haberes de mayo, junio y aguinaldos del 2008. Ademas intima para que le informe si en el plazo de 30 dias la procedera a inscribir bajo su categoria de profesional peluquera, una remuneracion que no percibia,etc,etc. La cuestion es que en realidad mi amiga la quizo regularizar, hace unos meses atras, cuando llego una inspeccion del Ministerio de trabajo, a lo que la chica se opuso por que ya estaba consiguiendo otro trabajo y aparte como era monotributista deseaba ponerse al dia con su deuda por monotributo. Mi amiga realizo un descargo sobre este tema y termino pagando la multa igual (en la sentencia del Ministerio menciona este descargo de mi amiga) Entonces le volvio a proponer la regularizacion y nuevamente se opuso...comenzaron a hablar de llegar a un acuerdo para irse... acordaron una suma y para que se quede tranquila la empleadora pidieron una audiencia en el ministerio de trabajo (en provincia funcionan todavia) era para este lunes y ayer recibio la TCL sorprendida.
La pregunta es la siguiente: Conviene regularizarla? Denuncio ingreso en el 2005, como hay moratoria en la afip, no es mucho lo que hay que pagar (el 50% del arreglo). El tema es que debera pagarle los haberes impagos y los aguinaldos? o conviene encararlo como una locacion de servicios (por que es o era monotributista) estoy en una disyuntiva: por que si le digo que la regularice tiene que volver a trabajar y ya la relacion no es de confianza... Acepto sugerencias porfis!!! Tengo que contestar la carta mañana...
 #387421  por Anaspada
 
Hola yo creo que como empleadora siempre llevas las de perder cuando se trata de trabajo en negro y falta de regularizacion. Yo mandaria la cd diciendole que la vas a regularizar pero como ella supongo no esta trabajando, intimala para que se presente o se termina la relación de trabajo por su exclusiva culpa. Si se presenta, que tu amiga le hable y taten de llegar a un arreglo, porque no creo que la empleada quiera trabajar ahi despues de lo que hizo. Si no se presenta buenisimo, terminas la relación de trabajo por su exclusiva culpa y despues que te haga juicio por lo que reclama (si es que lo hace) y despues arreglas.
Es mi opinion, saludos.
 #387430  por DAL
 
Aprovechá la moratoria, regularizala, te sirve hasta para que dejen sin efecto la multa que te impusieron si no la pagó. Que la empleada haga lo que quiera, si quiere ir que vaya, si no que no vaya, le descontará los días.
Con mucha paciencia tiene que tomarselas tu cliente prqoue tiene TODAS las de perder, bastante antiguedad, una constatacion de Ministerio, todo en contra. Pero tiene a favor que la empleada solita se metio ahí. Regularizala. Y arma a tu lciente de paciencia, la empleada no va a volver, y si vuelve se va a ir sola.
Tene en cuenta que peluqueros tengo entendido que no tiene un sueldo fijo, o solo fijo, sino que tiene que ver con la producción.
Saludos,
 #387431  por doky bravo
 
Anaspada escribió:Hola yo creo que como empleadora siempre llevas las de perder cuando se trata de trabajo en negro y falta de regularizacion. Yo mandaria la cd diciendole que la vas a regularizar pero como ella supongo no esta trabajando, intimala para que se presente o se termina la relación de trabajo por su exclusiva culpa. Si se presenta, que tu amiga le hable y taten de llegar a un arreglo, porque no creo que la empleada quiera trabajar ahi despues de lo que hizo. Si no se presenta buenisimo, terminas la relación de trabajo por su exclusiva culpa y despues que te haga juicio por lo que reclama (si es que lo hace) y despues arreglas.
Es mi opinion, saludos.
Hola Anaspada!! Tu opinion me encanto y me convencio, creo que le va a salir mas barato a mi amiga, por que por ahi quien te dice, ya tiene otro trabajo, no se va a presentar y como vos bien decis termina la relacion laboral por su exclusiva culpa!
Una pregunta: la regularizo (hablo con el contador) por el tiempo declarado por ella en su TCL o niego la fecha de ingreso y la declaro del 2007? la fecha que declaro es la exacta, lo que no es exacto es su haber: dice que percibe $ 3000, cuando en realidad no llega mensualmente a ese monto (cobra comisiones y no se si algo mas) Ademas me fije en el Convenio de los peluqueros y la ultima modificacion es de mayo de 2009 y fijan como salario basico el de $1750 (incluyendo comisiones) asi que tranquilamente puedo negar esa remuneracion.
Otra pregunta: habra algun problema si al regularizar le doy la baja en el mismo mes (en caso de abandono de trabajo)? Son cuestiones a tener en cuenta, creo... nuevamente gracias por tu ayuda!!!
 #387433  por DAL
 
Doky tenes bastante que estudiar.
La moratoria te pide que mantengas la planta de personal, por lo que si la desvinculás la tenes que reemplazar.
No le discutas nada, regularizala como ella te intima.
 #387446  por doky bravo
 
DAL escribió:Doky tenes bastante que estudiar.
La moratoria te pide que mantengas la planta de personal, por lo que si la desvinculás la tenes que reemplazar.
No le discutas nada, regularizala como ella te intima.
Hola Dal!!!Que suerte que estas por aca... con sus opiniones ya decidi regularizarla, negar que no percibio los sueldos de mayo, junio y aguinaldos de 2008 (que me los reclame luego en todo caso), negar el monto que dice que percibe como remuneracion ( segun convenio de peluqueros su sueldo basico es de $1750 e incluye comision) e intimarla que se presente a trabajar ( no presta tareas desde martes pasado) bajo apercibimiento de abndono de trabajo. Si no va, la despido con causa.
Una pregunta, atento tu post: Si la desvinculo con causa, la tengo que reemplazar con un nuevo/a empleado/a? (por el tema de la moratoria, ahora me fijo que dice la disposicion...esta en la pagina de afip?) Por que hay otra chica trabajando, hace un año , tambien por comision (sin regularizar)... la reemplazaria con ella? digo...si se puede? :?
 #387451  por DAL
 
Tenes que conservar la planta de personal.
Para tomar a la otra deberias anotarla como recien ingresada, pero con ella podría tener problemas en el futuro tu clienta; con ella tambien conviene usar la moratoria y ante la desvinculación de la que actaulmente esta intimando deberian contratar a un tercera. O sea, hoy tiene a dos, luego tendrá dos, salvo que una de ellas será distinta. Leete la ley de moratoria, es bastante!!! pero es util para estos casos, leela bien y asesorá a tu cliente. Sabes que muchos contadores no recomiendan la ley de moratoria proque tenes que mantener la planta de personal, pero si tu clienta se mueve con dos empleadas, necesita dos empleadas, no tendrá problemas.
 #387457  por doky bravo
 
DAL escribió:Tenes que conservar la planta de personal.
Para tomar a la otra deberias anotarla como recien ingresada, pero con ella podría tener problemas en el futuro tu clienta; con ella tambien conviene usar la moratoria y ante la desvinculación de la que actaulmente esta intimando deberian contratar a un tercera. O sea, hoy tiene a dos, luego tendrá dos, salvo que una de ellas será distinta. Leete la ley de moratoria, es bastante!!! pero es util para estos casos, leela bien y asesorá a tu cliente. Sabes que muchos contadores no recomiendan la ley de moratoria proque tenes que mantener la planta de personal, pero si tu clienta se mueve con dos empleadas, necesita dos empleadas, no tendrá problemas.
Ok, Dal! Voy a leer la ley de moratoria, para no equivocarme, aunque tu consejo para mi es suficiente, dado que siempre que puedo leo los post, que son de gran ayuda y siempre estas colaborando con los que tenemos poca experiencia y nos atrevemos a preguntar (antes de leer con profundidad los elementos que nos da la ley para solucionar este tipo de planteos) a aquellos que si la tienen. Muchas gracias, si surge alguna duda, vuelvo a preguntar y les cuento como termina esto, para que sirva de experiencia a otros colegas tambien.
 #387471  por doky bravo
 
Cual es el nº de la resolucion o ley de la moratoria impositiva?, me gustaria leerla y todavia no pude encontrarla, en la pagina de afip solo encontre los tres consejos para regularizar... me pasan el dato porfis!!!
 #387635  por DAL
 
ley 26476.
Te sugiero entrar por INFOLEG, de modo que abajo tenes un pequeño link que dice "esta norma es complementada por x cantidad de normas" (es el segundo en celestito abajo) y allí te lleva a toda la reglamentación de la ley. Tecito en mano tenes para todo el finde!!!!!
 #388987  por doky bravo
 
Hola, Feliz Dia a Todos!!! Les comento, envie la CD rechazando que le adeude algun pago de haberes o concepto alguno, confirme que era de su conocimiento el proposito de mi cliente de regularizar la relacion laboral ( estudio de moratoria de por medio) e intime 24hs a que justifique ausencias y que se presente...recibio hoy, asi que mañana esperamos que se presente... me sugirieron que contrate un escribano para que mediante un acta certifique, para el caso que no se presente a trabajar... por que muchas veces terminan enviando que se presentaron (y no lo hicieron) y que se negaron las tareas...considerandose por ende despedidos...Que les parece el tema del escribano? ayuda en este caso? o es innecesario? Espero opiniones...Gracias!!!
 #389011  por DAL
 
ESTA muy bien lo del escribano, la gente no lo hace por plata pero es excelente idea!
 #389015  por veroniquin
 
Si esta muy bien recibido por los jueces, se esta usando mucho en Capital este tipo de ideas incluso para certificar mensajes de textos, mails, y prueba digitalizada.....Saludos