hola a todos....... mi pregunta es que indemnizaciones les corresponde a un trabajador que fallecio en un accidente in itinere? el trabajaba en una cooperativa, tenia 8 meses de antiguedad, estaba en negro y no tiene la cooperativa ART ...Por donde empezarian ustedes irian a la empresa o mandarian telegrama intimando el pago de la indemnizacion.......... el accidente lo ocaciona un tercero quien lo embiste con su auto cuando el trabajador iba del trabajo a su casa en su moto... gracias... espero respuestas
Creeria que Si no tiene ART la cooperativa, es responsable esta directamente, junto con el tercero.
Por lo cual podrías reclamar la indemnización del art 18 LRT a la empresa y también podrías iniciar daños y perjuicios contra el tercero que ocasiono el accidente, siguiendo la jurisprudencia del caso LLOSCO RAUL C/ Irmi S.A