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  • DESPIDO CONTESTARON TELEGRAMA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #390635  por SIL_27
 
Hola les cuento tengo un cliente que trabajaba en una imprenta, no le otorgaban mas tareas y no le pagaban el sueldo, fue a una abogada y le hizo un telegrama pidiendo que le otorgue tareas y le pague lo que le adudaba mas la indemnizacion , el telgrama lo envio con destinatario el nombre de la imprenta, por cuenstiones personales con su anterior abogada me trajo el telegrama para que lo siga, volvio de vuelta porque no lo quizo recibir la empleadora entonces le hice oltra al nombre de la empleadora y a nombre de la imprenta, diciendo que se consideraba despedido y exigiendo el pago.
la de la impresnta volvio y la otra contestaron que no hay causal objetiva de despido y que rechaza todo y que se encuentra la liquidacion a su disposicion, y que cierra intercambio telegrafico .
La debo contestar? porque mi cliente se dio por despedid, hace falta o convien e rechazar lo que dice??
Gracias
 #390694  por chiqui79
 
si no lo quiso recibir y esta debidamente diligenciado al domicilio correspondiente, esta bien configurado el despido. Yo igual contestaria diciendo que es extemporanea esta ultima contestacion y que el despido ya se configuro por su exclusiva culpa. Total los telegramas son gratis, lo que abunda no daña. Y reitero todo lo que le reclama despido, sac., vacaciones, etc.
 #390711  por SIL_27
 
gracias, entonces te parece si lo narro asi:}
Rechazo su tcl.... por falso y extemporaneo.
Notifico que el despido fue configurado en el telegrama enviado con fecha......, por tal motivo ratifico todo lo anteriormente expuesto.
Intimo 48 hs abone.............
Queda ud debidamente notificado
O no hace falta intimar otra vez de pago???
 #390722  por laurabenites
 
Te hago una consulta, enelprimer telegrama pidio que le otorguen tareas y ahi mismo pidio indemnización? si es asi esta mal porque indemnización corresponde una vez que se considera despedida, o sea disuelto el vinculo y es posterior a la intimacion a que le otorguen tareas. En cuanto a lo que posteriormente contestaron, opino lo mismo, si quedo bien configurado el despido indirecto considera a su contestación como extemporanea.
 #390727  por chiqui79
 
no, yo entendi que cuando volvio la CD por falta de recepcion envio la otra considerandose despedido. es asi no???
 #390750  por chiqui79
 
si, los intimo pero volvio sin diligenciar porque se nego a recibirla, luego manda el despido indirecto a ambos (empresa y dueño) y ahi se lo contestan.
 #390761  por laurabenites
 
El primer telegrama lo hizo la primera abogada (q pide no se porque pago de indemnización), volvio devuelta; entonces manda a dos lugares su primer telegrama SIL_27 diciendo: "que se consideraba despedido y exigiendo el pago", aca no hay intimación previa. De todas maneras es SIL_27 la q tiene q aclararlo.
 #390772  por SIL_27
 
gracias a todos por contestar , el primer telegrama intima aclare situacion laboral y le pide que pague salarios adeudados, asignacion y varios conceptos que le debia, no quiero mentir porque en este momento no tengo el telegrama conmigo pero creo que no pidio que le paguen la indemnizacion, lo hice yo en el segundo telegrama.
Pero en todo caso si la anterios dra le pidio indemnizacion cuando no correspondia con el que mande me parece que esta bien configurado el despido, no???
 #391117  por DAL
 
En el primero intimo a un nombre de fantasía?? o a ua persona física o juridica?
Vuelve RECHAZADO/ REFUSE o vuelve con algun otro aditamento????
 #391181  por SIL_27
 
el primer telegrama lo mando a un nombre de fantasia el segundo que le hice yo al de fantasia y a la empleadora y el primero no se entrego porque se encontraba cerrado pero como tampoco lo retiro del correo lo di por notificado.
 #391364  por DAL
 
El problema es que para mí no esta bien dirigir los telegramas a los nombres de fantasía. Pasa que despeus en el correo Fulano de TAl no puede retirar el telegrama dirigido a LOS COCOS PANADERÍA porque no son la misma pesona y LOS COCOS PANADERÍA no puede autorizar a Fulano de Tal a retirar la pieza.
Me parece que fue apresurado el despido indirecto.