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  • incrementos no remunerativos militares

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 #392840  por eugeniabrest
 
Buenos días a todos! Tengo que iniciar juicio por incrementos no remunerativos a militares. No he realizado nada parecido hasta el momento y necesitaría orientación para saber más o menos como es el tema. Si alguien sabe de algún curso como para informarme o a quien podría acudir se los agradecería!
Espero sus respuestas.
Muchas Gracias,
Maria Eugenia.
 #392875  por mariferzara
 
Hola Eugenia! será por los dec.1104 y ssg.? Yo estoy haciendo el de pensionadas, no hice de personal en actividad.- Estos Decs son suplementos q actualizan el dec 2390/91 (estoy escribiendo de memoria, no estoy segura el nro) y que por la redacción, donde hay una suma que se paga a TODO EL PERSONAL EN ACTIVIDIAD, entonces corresponde pagar tb a pensionados, y por ser general, debe ser remunerativo, pagarse en concepto "sueldo".El tema es intrincado, a veces te dicen q sí, otras q no.- Creo q todavía no salió nada de la CSJN.-Dame más datos, tal vez te pueda ayudar.- Saludos
 #393380  por eduferry
 
Hola Eugenia; Mariferzara ya te tiró la punta del ovillo pero quiero complementar un poquito.
Te estás metiendo en un intrincado tema pero te digo que conozco abogados que simplemente se metieron a hacer una demanda para un pariente y terminaron dedicándose a litigar contra el estado por temas militares. Con esto te digo que hay que leer mucho pero de a poco te vas empapando del tema y lo podés dominar sin poblemas.
Es extraño que te hayan pedido por un solo decreto cuanto lo normal es demandar por todos los decretos desde el 2005 al 2009.
Para contarte el presente tengo que contarte primero un poco del pasado para que empieces a interpretar la cuestión. La columna vertebral de todo es la Ley 19101 Ley para el Personal Militar y en su art. 54 dice (palabras más o menos, toco de memoria también) que en adelante todos los aumentos serán otorgados al concepto sueldo.
Hasta hace unos 15 años la remuneración del personal militar y fuerzas de seguridad (gendarmeria y prefectura) estaba compuesta de pocos rubros y el pricipal era el haber mensual, el personal que cumplía la totalidad de años se retiraba con el 100%, que significaba decir el 100% de lo que cobraba el de actividad, aunque en realidad era un 90% aprox.
Como la masa de retirados es bastante importante y para reducir el gasto presupuestario, ojo eludiendo la ley, en el año 1993 salió el decreto 2769 que creó suplementos particulares unicamente para el personald e actividad (compensación por vivienda, vestuario, etc...)
A partir del año 2005 en una sistemática política de destrucción del sistema salarial militar, se otorgó aumentos al personal de actividad incrementando únicamente esos suplementos particulares, desnaturalizándolos, pero que no lo reciben los retirados. En cambio a éstos les fué dado, contrariando la ley, aumentos similares a los jubilados, con lo cual la brecha personal actividad/retirado se fué ensanchando y hoy día el que pasa a retiro pasa a cobrar aprox. un 50% de lo que percibía por su grado en actividad.
La política se mantiene y las demandas también, lo que se pide tanto actividad como pasividad del sector, es que esos aumentos dados encubiertos como no remunerativos y no bonificables otorgados por los Decreto Nº 1246/05 (BORA 07/10/2005), Decreto Nº 11126/06 (BORA 30/08/2006), Decreto Nº 861/2007 (BORA 06/06/2007), Decreto Nº 884/08 y el del 2009 que te debo el número; sean considerados remunerativos y bonificables e incorporados al haber mensual como manda la ley.
Lo que pasa es que si se blanquea esto lo pasan a percibir también los retirados y por eso la resistencia del gobierno.
Los números de decretos pueden variar porque en los últimos 2 años salieron por distintos Decretos a las FFAA y otros para las FFSS.
Es largo pero quiero describirtelo así a ver si es entendible.
Hay abundante jurisprudencia de primera instancia y algunas de 2a. que hacen lugar a las demandas, de corte todavía creo que nó.
Como todavía para mí continúa la feria, en un par de días que me meta de lleno en la PC te mando un par de demandas por estos rubros, para leer ya tenés. Suerte.
 #393486  por FrancisNovelazo
 
El "mayor" de los saludos a eduferry, y agrego los numeros que no recordaba:
:mrgreen: la última adquisición de en sumas "no remunerativas y no bonificables", Personal militar DTO N° 751/09, Fuerzas de Seguridad DTO N° 752/09 siempre en actividad... y para los postergados retirados DTO N° 753/09.
 #394419  por mariferzara
 
Aplausos colegas!!!, pero ojo, deben incorporarse el concepto "sueldo" y no haber mensual . Ahí tenemos otra torta q estoy remando (40/60, les suena?).-
"Cuando el tronar del cañón se oye...hasta el lamento de la madre calla..."
 #394531  por eugeniabrest
 
Les agradezco infinitamente la ayuda, justamente es para mi papá así vere como avanzo con este tema. Muchas gracias por los consejos y ayuda y los mantengo al tanto de mis dudas, jaja que seguro serán muchas! Si me podrías enviar algún modelito estaría buenisimo así tengo una idea mejor de como se encara el tema.
Saludos estimados,
Maria Eugenia.
 #394955  por eduferry
 
Hola mariferzara: lo que ocurre que el hábito hace que por instinto digamos haber mensual, pero tenés toda la razón del mundo, es correcto, la ley dice al concepto sueldo, pero esa discusión ahora ha quedado lamentablemente en el pasado desde que, inconstitucionalmente y por Decreto, se incorporó el rubro "reintegro gastos act. servicio" al rubro sueldo, entonces el sueldo es el que compone el "h.m.". Digo inconstitucional porque el legislador así lo previó en la ley y posibilitaba otros cálculos de actualización. Es bueno el tema y podríamos estar todo el día hablando. Saludos
Y Eugenia, no te achiques si es para tu papá, te pasamos un escrito de demanda y pegale para adelante, el fuero es el contencioso administrativo federal, lo tramitás de puro derecho y procesalmente el juicio no tiene variantes. Pregunta o pedí tranqui. Suerte.
 #395040  por mariferzara
 
eugeniabrest escribió:Les agradezco infinitamente la ayuda, justamente es para mi papá así vere como avanzo con este tema. Muchas gracias por los consejos y ayuda y los mantengo al tanto de mis dudas, jaja que seguro serán muchas! Si me podrías enviar algún modelito estaría buenisimo así tengo una idea mejor de como se encara el tema.
Saludos estimados,
Maria Eugenia.
María Eugenia, escribime a mariferzara(arroba)yahoo.com.ar y te mando lo q tengo. Los míos son de pensionadas de Prefectura, si el tuyo es Fuerza Aérea, tiene una vueltita menos...
 #414378  por Guillin
 
Ya no hay que esperar la denegatoria de los reclamos. La MInistro de Defensa con fecha 13/08 emitio la Resolución 862/09 por la cual da por denegados todos los reclamos salariales de los decretos 1104/05, 1095/06,871/07, 1053/08 y 751/09.-
Les dejo el link con la resolución:
http://www.mindef.gov.ar/resolucioneswe ... 2_2009.pdf
 #664309  por CUERVIN
 
Hola muchachos.. soy nuevo en este foro... queria saber si alguien esta reclamando los aumentos no remunerativos y no bonificables que les otorgaron a las FF.AA y de seguridad en compensacion por los aumentos que le otorgaron al personal en actividad... tengo 3 clientes que me vinierona ver por ese tema y necesitaria saber algo del tema y si hay algun fallo favorable o algun modelito de demanda... graciasss... por favor denme una mano en este tema!!!
 #664564  por Dabri2001
 
Ademas de los decretos 2769 esta el 1490, hasta ahora no encontre a alguien que trabaje en este tema, solo en las pcias estan empapados en los mismos, se de abogados que vienen a Bs. As. a buscar los clientes, si alguien sabe como hacerlo, algun modelo como para ir trabajando, viendo esto