Hola Eugenia; Mariferzara ya te tiró la punta del ovillo pero quiero complementar un poquito.
Te estás metiendo en un intrincado tema pero te digo que conozco abogados que simplemente se metieron a hacer una demanda para un pariente y terminaron dedicándose a litigar contra el estado por temas militares. Con esto te digo que hay que leer mucho pero de a poco te vas empapando del tema y lo podés dominar sin poblemas.
Es extraño que te hayan pedido por un solo decreto cuanto lo normal es demandar por todos los decretos desde el 2005 al 2009.
Para contarte el presente tengo que contarte primero un poco del pasado para que empieces a interpretar la cuestión. La columna vertebral de todo es la Ley 19101 Ley para el Personal Militar y en su art. 54 dice (palabras más o menos, toco de memoria también) que en adelante todos los aumentos serán otorgados al concepto sueldo.
Hasta hace unos 15 años la remuneración del personal militar y fuerzas de seguridad (gendarmeria y prefectura) estaba compuesta de pocos rubros y el pricipal era el haber mensual, el personal que cumplía la totalidad de años se retiraba con el 100%, que significaba decir el 100% de lo que cobraba el de actividad, aunque en realidad era un 90% aprox.
Como la masa de retirados es bastante importante y para reducir el gasto presupuestario, ojo eludiendo la ley, en el año 1993 salió el decreto 2769 que creó suplementos particulares unicamente para el personald e actividad (compensación por vivienda, vestuario, etc...)
A partir del año 2005 en una sistemática política de destrucción del sistema salarial militar, se otorgó aumentos al personal de actividad incrementando únicamente esos suplementos particulares, desnaturalizándolos, pero que no lo reciben los retirados. En cambio a éstos les fué dado, contrariando la ley, aumentos similares a los jubilados, con lo cual la brecha personal actividad/retirado se fué ensanchando y hoy día el que pasa a retiro pasa a cobrar aprox. un 50% de lo que percibía por su grado en actividad.
La política se mantiene y las demandas también, lo que se pide tanto actividad como pasividad del sector, es que esos aumentos dados encubiertos como no remunerativos y no bonificables otorgados por los Decreto Nº 1246/05 (BORA 07/10/2005), Decreto Nº 11126/06 (BORA 30/08/2006), Decreto Nº 861/2007 (BORA 06/06/2007), Decreto Nº 884/08 y el del 2009 que te debo el número; sean considerados remunerativos y bonificables e incorporados al haber mensual como manda la ley.
Lo que pasa es que si se blanquea esto lo pasan a percibir también los retirados y por eso la resistencia del gobierno.
Los números de decretos pueden variar porque en los últimos 2 años salieron por distintos Decretos a las FFAA y otros para las FFSS.
Es largo pero quiero describirtelo así a ver si es entendible.
Hay abundante jurisprudencia de primera instancia y algunas de 2a. que hacen lugar a las demandas, de corte todavía creo que nó.
Como todavía para mí continúa la feria, en un par de días que me meta de lleno en la PC te mando un par de demandas por estos rubros, para leer ya tenés. Suerte.