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  • Se puede hacer doble reclamo?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #393697  por sole10
 
Hola Colegas Laboralistas:Yo no ejerzo el derecho laboral pero sí daños y perjuicios en ocasión de accidentes de tránsito;mi pregunta es ¿Se puede reclamra indemnización a la compañía de seguros y a la ART por accidente in itinere?.
La pregunta la formulo porque,cuando firmamos convenios de pagos indemnizatorios con los seguros,ponen una clausula dónde la victima "manifiesta no haber recibido idemnización,ni tener en trámite,ni realizar futuros reclamos y/o cobros a ninguna ART,bajo apercibimiento de sanciones penales,etc.
¿Esto es así? Hay colegas que me han dicho que dicha clausula es abusiva y por lo tanto carece de validez,si es así ¿Porqué la incluyen?
Agradecería sus puntos de vistas.
Excelente el foro!!!
 #393733  por chiqui79
 
las indemnizaciones tarifadas por el derecho laboral son totalmente independientes de las de la via civil, sin perjuicio de ello, como la reparacion no es completa (sino tarifada) considero que a la aseguradora se podria reclamar el excedente de los daños reales producidos a la persona. La tarifada presume los daños y a veces pueden ser insuficientes, con lo cual podria reclamarse el excedente a la compañia de seguros (por ejemplo daños morales). OJO EL EXCEDENTE. Desconozo las razones por las que ponen esa clausula. No se si es abusiva.
 #412531  por noelm
 
HOla! Yo tengo un caso en sede laboral (por un in itinere) en el cual reclamo las indemnizaciones previstas en la LRT, porque no me queda otra. Luego, pienso reclamar la reparación integral en sede civil (por la diferencia, descontando lo que pague la ART) al responsable del siniestro. Me parece q es perfectamente válido.
Saludos