Hola tengo una duda, una persona que tiene pagos postriores a septiembre del 93, y solamente autonmo , lo puedo ingresar por la web o va con turno...????????
Gracias.

elfiscaldelacausa escribió:Hola tengo una duda, una persona que tiene pagos postriores a septiembre del 93, y solamente autonmo , lo puedo ingresar por la web o va con turno...????????Vá con turnoGracias.
elfiscaldelacausa escribió:Y si prescribo esos 3 unicos pagos posteriores a Septiembre del 93 ....ingresa por la web....?No. Si hubieran sido aportes en relación de dependencia los podrías haber prescripto he ingresado por Web, pero cuando son aportes de autónomos aunque los prescribas no podes.
elfiscaldelacausa escribió:GRACIAS FLA...!!!!!!!!!!!!!Disculpa que me meta, pero es al reves, si tenes aportes en relac de dep no los puedes renunciar, los puedes obviar y lo ing po la web, es decir, hace de cta que no existen, pero no compres de nuevo esos años, y en la ddjj solo toma como benef los años de acuerdo al ultimo aporte.