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  • Obra social- negativa atención por falta de pago empleador

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #394385  por aguchi
 
Hola colegas!
Quisiera saber si una obra social puede negarle atención a una afiliada empleada en relación de dependencia so pretexto de que el empleador no ha realizado los pagos correspondientes.
Me revisé toda la ley 23660 y no dice nada al respecto. Llamé a la Superintendencia y me aseguran que no pueden hacerlo pero no saben indicarme la normativa que lo establece.
Alguien tiene idea del tema?
Muchas gracias!
 #394452  por bogatavo
 
Hola, el art. 10 de la ley 23.660 en cuanto establece que el carácter de beneficiario subsiste mientras se mantenga el contrato de trabajo y el trabajador reciba remuneración, salvo las excepciones que el mismo art. plantea y ello como parametro fundamental el art. 14 bis de la CN. Que el empleador no haga los aportes correspondientes no es un impedimento para la atención, para eso existe el proc. judicial de apremio. Es probable que tampoco este haciendo el resto de los aportes el empleador - si bien el trabajador puede hablar con el empleador sobre este tema - ver art. 80 y 132 bis de la LCT. Espero te sirva, Saludos.
 #397451  por aguchi
 
Gracias po responder Tavo.
Te cuento que ya otra empleada tuvo el mismo problema, no pudo concurrir a la consulta por falta de pago de los aportes y contribuciones.
Al art. 10 lo había visto, pero como dice "mantiene la condición de afiliado", pensé que quizas podía existir algún supuesto de suspensión de la cobertura por falta de pago. Y no lo encontré en la normativa.
Pensaba enviarle CD a la obra social en cuestión (de parte de la empleadora).
Sabés si hay algún procedimiento de denuncia antes la Superintendencia o algo así que pueda hacer?