Hola colegas!
Quisiera saber si una obra social puede negarle atención a una afiliada empleada en relación de dependencia so pretexto de que el empleador no ha realizado los pagos correspondientes.
Me revisé toda la ley 23660 y no dice nada al respecto. Llamé a la Superintendencia y me aseguran que no pueden hacerlo pero no saben indicarme la normativa que lo establece.
Alguien tiene idea del tema?
Muchas gracias!
Quisiera saber si una obra social puede negarle atención a una afiliada empleada en relación de dependencia so pretexto de que el empleador no ha realizado los pagos correspondientes.
Me revisé toda la ley 23660 y no dice nada al respecto. Llamé a la Superintendencia y me aseguran que no pueden hacerlo pero no saben indicarme la normativa que lo establece.
Alguien tiene idea del tema?
Muchas gracias!