Tengo una Sra de 63 años con Inscripcion en Autonmos del 9/1992 al 7/2007 PEro Tiene ALGUNOS meses del año 95 y 2001 QUE NO Pagó!!!
LA moratoria la hago x la 24476.. y Solo `Puedo incluir periodoss ANTERIORESS al 09/1993 ..
Entoncesss mi duda es:
Esos meses del año 95 y2001 que NO PAgó Le aplico el beneficio de la 25321 art 1????? para que no me queden incluidos en la moratoria periodos posteriores al 93- es correctoo esto ó debo aplicar otra ley a esas cuotas Impagass???
ayudaa PPORRFIII