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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #394878  por Viani
 
hola queria consultarles por una sucesion donde hay muchos herederos y uno de ellos tiene hijos menores. Que pasa si no se los incorpora a la sucesion para no tener que pedir autorizacion judicial para la venta? que consecuencias puede traer no incorporarlos a la sucesion estando de acuerdo el heredero? El otro tema es que el padre de estos menores fallecio y ya tiene sucesion iniciada pero la que ahora estoy haciendo es la sucesion del abuelo de este padre y la que va actuar en representacion de este seria su esposa osea la madre de los menores. El abuelo del menor fallecio es por esto que la madre va ir en representacion del padre de los menores. Gracias, saludos
 #395250  por Caterina66
 
Hola, si los menores son herederos no podés excluirlos. Si actúan en derecho de representación de su padre fallecido, la madre va a ser su representante.. Para cualquier acto de adm. o disposición intervendrá necesariamente el Defensor de Menores e Incapaces. No podrás hacer partición sin la intervención de este tampoco.
Espero haber entendido tu pregunta y que te sirva mi ayuda.
Saludos. Suerte
 #395286  por Viani
 
Muchas Gracias Caterina: La verdad no los queria incluir en la sucesion para evitar el asesor de menores y la autorizacion judicial para la venta. Pero bueno la verdad que tenes razon los tengo que incorporar en representacion de du padre y que los represente su madre. Te hago otra pregunta a ver si me podes ayudar? Tengo que continuar con esa sucesion de los abuelos de los menores. el tema es que esa sucesion de los abuelos tituares del bien la inicio un solo hijo de estos y se paralizo hasta la fecha sin declaratoria de herederos. ellos tenian 7 hijos de los cuales 5 fallecieron posteriomente de dos no hay hecha sucesion ya que no tienen bienes a su nombre mas que este que heredan. Como hago con esos dos hijos. Tengo que iniciar ambas sucesiones por estos dos hijos? o solo presento partida de defuncion en el expediente iniciado y digo que los hijos de estos heredan por representacion. Si tengo que iniciar sucesion como lo hago para que se acumulen a esta? pido por sorteo o pido acumulacion en el sucesorio? el otro tema es que los demas hijos fallecidos los 3 restantes ya tienen hecha sucesion pero en otras jurisdicciones como presento esto en esta sucesion? presento declaratoria de herederos?

Muchas gracias y perdon si no explique bien el caso.
Saludos
 #396200  por Caterina66
 
Si no entendí mal tu pregunta te cuento lo que creo. De los hijos fallecidos de los causantes (abuelos) no tenés que hacer sucesión SI ES QUE NO TENES declaratoria de herederos. En ese caso heredan los hijos de estos fallecidos también por derecho de representación. Fijate quién inició la sucesión y quienes están denunciados en caracter de herederos, miralo primero bien y después armá lo que sigue. Cualquier cosa mandame un mail y te ayudo si es que puedo y sé como (PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com) . Si tuvieras que iniciar sucesión, pedí conexidad. Respecto a los otros herederos con sucesión, deberá ver qué pasó en esas sucesiones, y en todo caso los declarados herederos serán quienes deberán presentarse en tu expte. Si podés aunque sea fijate el estado de las sucesiones y de ahí también ves. Cualquier duda hablamos.
Si no fui clara disculpame, en las sucesiones cuesta cuando no es el caso propio meterse en la cadena de herederos y demás.
Suerte.
P.D. Mi nombre es MArcela pero tuve problemas con mi compu y perdí la clave y no pude recuperarla así que, me volví a suscribir con el nombre de mi chat. Saluditos.
 #397576  por Viani
 
Hola Marcela gracias por contestar. Vos me decis que de los hijos no tengo que hacer sucesion, pero si estos fallecieron despues no tendria que iniciarlas igual. Creo que irian en representacion los nietos si los padres hubieran fallecido antes que los abuelos. Te comento un poco mas el caso.
Los abuelos A y B fallecieron y uno de sus 7 hijos inicio la sucesion sin denunciar a los demas hermanos. Esa sucesion se archivo hasta ahora porque el juez pidio que se denuncien a los demas herederos ya que en la partida de defuncion uno de los hermanos habia reconocido al causante pero no se hizo nada y se archivo. El hijo que inicio la sucesion fallecio y tiene hijos pero estos no iniciaron sucesion del padre. De los otros 6 hermanos 2 viven y 3 tienen hecha sucesion pero en otra jurisdiccion. Osea tendria que inicar la sucesion de 2 hermanos. Los 3 que tienen hecha sucesion tienen hijos y son ellos los que voy a presentar a la sucesion de sus abuelos pero nombrando que sus padres tienen sucesion inicada en otra jurisdiccion y presentaria declaratoria de herederos para acreditarlo. Vos crees que esto esta bien? El tema es de los otros 2 que no tienen sucesion iniciada. Como hago para iniciarlas? presento el escrito en el expediente sucesorio de su padres pidiendo acumulacion de sucesiones o pido un nuevo sorteo y ahi pido la acumulacion?
Por otro lado hay un nieto de A y B que fallecio tambien posteriomente a sus abuelos y a su padre. Este tiene esposa e hijos menores de edad y la madre estaria de acuerdo en no incorporarlos a la sucesion para no necesitar autorizacion judicial para la venta, pero creo que hay que ponerlos de todos modos para no tener inconvenintes posteriomente. Porque aparte el padre de estos menores tiene sucesion y de ahi se desprende que tiene hijos en la declaratoria que tendria que presentar.
Perdon seguro que te confundi. Tenes razon es dificil meterse en el caso de otro y explicar el caso de uno tambien es complicado para que puedan entenderlo. Te mande un mp pero me parece que no te llego.
Muchas gracias por todo.
 #397750  por MarcelaGarcia
 
Hola, fijate si entendés, trato de responderte a continuación de tus explicaciones:
Respecto a tu pregunta: “Creo que irian en representacion los nietos si los padres hubieran fallecido antes que los abuelos.”
No. Considero que es porque prefallecieron a su padre, y no importa a su abuelo. Yo tuve una sucesión, falleció la abuela, y luego el hijo. Cuando hice la de la abuela, los nietos fueron en rep de su padre (hijo de la causante).

Respecto a lo que me decís: “Los abuelos A y B fallecieron y uno de sus 7 hijos inicio la sucesion sin denunciar a los demas hermanos. Esa sucesion se archivo hasta ahora porque el juez pidio que se denuncien a los demas herederos ya que en la partida de defuncion uno de los hermanos habia reconocido al causante pero no se hizo nada y se archivo.
El hijo que inicio la sucesion fallecio y tiene hijos pero estos no iniciaron sucesion del padre”
Me parece que en este caso si se presentó este hijo, entonces creo que primero tiene que salir él como heredero (diferente sería si no se hubiera presentado) entonces sí deberías hacer su sucesión para los hijos de éste que hereden a su padre lo del abuelo ¿se entiende, jaja quedé mareada? pensalo igual.

Respecto a lo que me decís:” De los otros 6 hermanos 2 viven y 3 tienen hecha sucesion pero en otra jurisdiccion.
Osea tendria que inicar la sucesion de 2 hermanos.”
Estos no decís que viven?

Respecto a: “ Los 3 que tienen hecha sucesion tienen hijos y son ellos los que voy a presentar a la sucesion de sus abuelos pero nombrando que sus padres tienen sucesion inicada en otra jurisdiccion y presentaria declaratoria de herederos para acreditarlo.”
En esta sucesión para mí sí podés presentar la declaratoria de herederos de los 3 fallecidos, certificada por actuario del Juzgado que tomó intervención.

Respecto a:” El tema es de los otros 2 que no tienen sucesion iniciada. Como hago para iniciarlas? presento el escrito en el expediente sucesorio de su padres pidiendo acumulacion de sucesiones o pido un nuevo sorteo y ahi pido la acumulacion? “
Estos dos hijos fallecidos sin sucesión iniciada, en caso que necesitas iniciarla (es decir si no fueron presentados sus padres antes en la sucesión de su abuelo) y pediría radicación por conexidad al inicio con el sorteo y en el mismo escrito también lo recordaría.
Si estos hijos 2 fallecidos no fueron presentados antes en la sucesión yo presentaría a sus hijos (nietos del causante) por derecho de representación directamente. En realidad el mismo juzgado te va a guiar, como mucho dirá que no corresponde pero... si es así ahorraste mucho tiempo. Fijate, pensalo, además dependerá si estos hijos a su vez tienen otros bienes con lo cual sí sería igualmente necesaria su sucesión para que luego estuvieran en orden, sino no se justifica.

Respecto a : “Por otro lado hay un nieto de A y B que fallecio tambien posteriomente a sus abuelos y a su padre. Este tiene esposa e hijos menores de edad y la madre estaria de acuerdo en no incorporarlos a la sucesion para no necesitar autorizacion judicial para la venta, pero creo que hay que ponerlos de todos modos para no tener inconvenintes posteriomente. “
Tené cuidado con la esposa, si no entiendo mal esta esposa quedó viuda con hijos???? Si es así y su marido NO HABÍA HEREDADO AÚN tené en cuenta que ella me parece no hereda. Fijate bien esta parte, porque como van sus hijos por representación no sé muy bien cómo queda la esposa. Diferente sería si su esposo hubiera heredado (ya teniendo a su nombre lo que fuere) y entonces lo tenés como bien propio y hereda la esposa con sus hijos en partes iguales c/u, es decir la esposa como un hijo más.

Respecto a: Porque aparte el padre de estos menores tiene sucesion y de ahi se desprende que tiene hijos en la declaratoria que tendria que presentar.
Bueno tal vez ahora te confundí yo a vos. Este hombre que falleció y dejó esposa e hijos, ¿tiene su sucesión? Entonces van sus hijos por derecho de representación directamente y me parece que la esposa no. Sí como representante de los menores. Fijate bien, a veces el mismo Juzgado te da una mano. Ves la sucesión y vas con una pregunta clara por vez, si tienen buena onda te ayudan.

Respecto a: Te mande un mp pero me parece que no te llego.
Abri mi correo priv. pero no veo el tuyo, sí me llegó a mi correo que tenía un mens. pero no lo encontré. Si querés agregame al chat soy Caterina1966 y hotmail. Perdoná si no fui muy clara o me euivoqué porque me cuesta un poco ir siguiendo la explicación por qhí me perdí sorry. Suerte Besos.
· P.D.De todas formas no te quedes con lo que te dije, averiguá un poco más., tené en cuenta que me puedo equivocar poe lo que comentamos antes, cuando uno lee por a´hi no está clara toda la situación.
A
 #397985  por fabidoc
 
El derecho de representación, en este caso, lo tienen que ejercer quienes tengan padre PREMUERTO, es decir, antes de fallecer el causante.-
Los hijos ocupan el lugar de su padre o madre en la sucesión de sus abuelos, equiparándose a los otros herederos con igual derecho.
 #1151664  por pety
 
Hola buenos días. Tengo un sucesión en la que fallecio papa con tres hijos menores. Inicie la sucesion. Sin incorporar bienes. La mama en representcion de sus tres hijos menores. Ahora el problema, el fallecido tenia una sociedad de hecho , en la que hay maquinarias y dinero. Hiciemos un acuerdo extrajudicial para no incorporar todo, pero hora la otra parte pide que el dinero sea judicializado . El expediente esta en Asesoria. Como sigo?
 #1151747  por ccolalongo
 
Los chicos crecen, y el día de mañana arman un flor de lío hasta de connotaciones penales. Acabo de tener un caso así.
Viani escribió:hola queria consultarles por una sucesion donde hay muchos herederos y uno de ellos tiene hijos menores. Que pasa si no se los incorpora a la sucesion para no tener que pedir autorizacion judicial para la venta? que consecuencias puede traer no incorporarlos a la sucesion estando de acuerdo el heredero? El otro tema es que el padre de estos menores fallecio y ya tiene sucesion iniciada pero la que ahora estoy haciendo es la sucesion del abuelo de este padre y la que va actuar en representacion de este seria su esposa osea la madre de los menores. El abuelo del menor fallecio es por esto que la madre va ir en representacion del padre de los menores. Gracias, saludos