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  • PRESCRIPCIÓN DEMANDA HABERES EMPLEADO PÚBLICO

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #385305  por AUT
 
A ver si me dan una manito con un tema de prescripción.
Un empleado público, dependiente de una repartición estatal provincial, al cual se le aplica un convenio colectivo de trabajo (luz y fuerza), reclama primero administrativamente y luego en vía judicial, el pago de un adicional por jubilación.
El reclamo administrativo no le es respondido, pide pronto dspacho, y, ante el silencio de la administración, interpone la demanda.
La pregunta es... las sumas que se le adeudan, por ser provenientes de un convenio colectivo de trabajo, prescriben a los 2 años, como en la LCT , o por ser relación de empleo público debiera entenderse que ese plazo no se aplica?
El reclamo administrativo interrumpe la prescripción, pero... por cuánto tiempo? Seis meses o 1 año?
 #396717  por mariaban
 
Entiendo que no se le aplica el plazo de la LCT dado que es relacion de empleo público. Y como nada dice se aplica supletoriamente el codigo civil. Hay fallos divididos algunos creen que es el plazo quinquenal mientras otros creen que es el decenal.
Con relacion al plazo que tenes para iniciar la demanda (hablando en la pcia. bs as.) es de 90 días desde la notificacion del acto administrativo, por consiguiente si iniciaste reclamo administrativo la prescripcion se corto y debería correr el plazo de 90 días que es de caducidad de la accion.
Suerte