y si se hace una acción de escrituración?
La prescripción de la acción es interrumpida por la posesión pacifica y sostenida (hay que probar la entrega de la cosa). Te adjunto algunos fallos y doctrina, que te pueden ayudar
Si es el hrno unico heredero, y prueba que vivia ahi (correspondencia que le llegaba a su domicilio a su nombre, sirve cualquier servicio, tbn el domicilio verificado en la camara electoral, testigos, etc) puede iniciar la acción de escrituración.
Tribunal: C. Nac. Civ., sala I
Fecha: 19/09/2001
Partes: Romanelli, Domingo S. v. Sucesores de Romanelli, José A. y otros s/escrituración
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SUMARIOS
Citar Lexis Nº 1/5509226
COMPRAVENTA - 16) Juicio de escrituración - a) Generalidades
1.
La prescripción decenal de la acción de escrituración es interrumpida permanentemente por la posesión ejercida por el comprador o, en su caso, por el heredero respecto de los bienes hereditarios.
LexisNexis -sumarios- 08
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Tribunal: C. Civ. y Com. Junín
Fecha: 05/10/2006
Partes: Williams, Eduardo Alfredo v. Genoves, Martha Noemi s/ Escrituración
SUMARIOS
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Citar Lexis Nº 14/113114
PRESCRIPCIÓN - Interrupción
JUICIO DE ESCRITURACIÓN - Prescripción
1.
La prescripción decenal de la acción de escrituración es interrumpida por la posesión pacífica y continuada que ejerza el comprador y que resulte de la tradición del inmueble que oportunamente le haya hecho el vendedor, ya que ésta importa un reconocimiento tácito y permanente de respetar el derecho del adquirente. (art. 3989 Ver Texto CCiv.).-
Magistrados: Guardiola, Rosas
Voto: GUARDIOLA
Tipo: Definitiva
Expediente: 41592
Sin disidenciaCivil y comercial
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Art. 2355. (6811) - La posesión será legítima, cuando sea el ejercicio de un derecho real, constituído en conformidad a las disposiciones de este Código. Ilegítima, cuando se tenga sin título, o por un título nulo, o fuere adquirida por un modo insuficiente para adquirir derechos reales, o cuando se adquiera del que no tenía derecho a poseer la cosa, o no lo tenía para trasmitirla.
(Párrafo agregado por la ley 17711, art. 1 Ver Texto, inc. 92) Se considera legítima la adquisición de la posesión de inmuebles de buena fe, mediando boleto de compraventa.)
Conc.: 1040 a 1045, 1361, 2378 a 2399, 2412, 2503 a 2505, 2601 a 2603, 2778, 3270, 4007, 4010 a 4013.