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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #400824  por carbonecar
 
Hola, queria consultarles a ver si saben y donde puedo validar (articulos) la informacion si clausulas del tipo "el empelado no podra tener otro trabajo ademas de este" o "el empleado no podra trabajar en 3 anos en companias que sean competencia de esta o a las que esta le este prestando servicios" son legales o no.

Muchas gracias
 #401046  por doctordoctor
 
No soy abogado, pero lo de la clausula de "no tener otro trabajo" es inconstitucional --> Libertad de trabajar y comerciar (Art. 14 CN), porque suponiendo que tiene 2 empleos y por esa razon en uno vive fallando o cometiendo errores, vos tenes las herramientas de las sanciones laborales.

Lo de "no trabajar en otra empresa igual" juega el Art. 14 (puede trabajar) pero a su vez juegan los Arts. 83, 85, 88 LCT (deber de fidelidad, secreto profesional, no concurrencia.) que son algo asi como "sanciones" pero no prohibiciones de trabajar.

La LCT habla de no ejercer actividades x cuenta propia o ajena que le generen un perjuicio a tu empleador.. algo asi dice (Deber de no concurrencia Art. 88) pero es una sancion no una prohibicon de trabajo.

Digo yo... que vos podes tener 8 trabajos de lo mismo al mismo tiempo y de la misma rama, ahora despues vas a tener que "indemnizar" a tu empleador por esas faltas si es que las cometiste.

Espero q sirva de algo!
 #401053  por Amorina
 
Ojo! En algunas actividades existen "convenios de exclusividad", por ejemplo periodistas. En tales casos, para que su legalidad no pueda cuestionarse, se debe pagar esa exclusividad.
 #401148  por martingonzalo29
 
Hola colega, mira el tema de no poder tener 2 trabajos como bien ya lo dijeron es insconstitucional, mientras tu otro trabajo no afecte ni tus horarios ni tu rendimiento no tienen motivo alguno como para limitarte, el tema de no poder trabajar en empresas que compitan con la tuya eso si es una cuestion de sentido comun, cuando vayas a la parte de las obligaciones de las partes vas a ver que es obligacion del trabajador la fidelidad ni realizar tareas ni arte por la que termine originando una competencia con la empresa y si lo hiciere podria ser despedido con causa, y por ultimo la prohibicion de no trabajar en emkpresas por 3 años a las que se le preste servicio es relativo y depende de cada caso, pues si trabajar en ello no genera un perjuicio a la antigua empleadora no se lo puede limitar pero si lo genera ya que puede dar a conocer sierta labor u arte que es exclusivo de sus productos la prohibicion sería valida ya que las obligaciones en cietos casos como estos se extienden hasta despues de concluida la relacion laboral.un abrazo