la sentencia es la que te da los parametros para calcular los intereses, uno no utiliza arbitrariamente una tasa sino todos elegiriamos la mas conveniente jajaja. la regulacion de honorarios es una sentencia interlocutoria y en algun punto tiene que decir con que tasa se actualiza, si lo dice tenes que adoptar esa tasa y no otra y si no lo dice... me mataste porque en mi provincia la sentencia contemplan los intereses y sus tasas.
ahora, ¿como calcular los intereses? hay muchas paginas on line en donde pones los montos, la fecha desde y hasta cuando y te arroja bien completito todos los datos entonces lo que podes hacer es redactar una planilla y transcribir esos datos o directamente imprimir la pagina y adjuntarlo con un escrito, no se como será en algunos juzgados pero en san luis te permiten imprimir los calculos on line, siempre y cuando sea de una pagina conocida obvio.
una buena estrategia para sacar modelos de escritos y ver como calculan las tasas es ir a los juzgados civiles o de paz y buscar en las cedulas que cuelgan en los estrados, preferentemente dale bola a los juicios ejecutivos que es donde mas comun se dan esas planillas. mo digo que copies fielmente porque quizas en los ejecutivos utilizan una tasa distinta pero podes sacar algun modelo de como se confeccionan las planillas.
