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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #407691  por Jurisconsulta
 
Hola Foristas.... Tengo que notificar una sentencia de divorcio(art 214 inc.2) a la contraparte...confeccione la cedula solo con la parte del resuelve....y estoy en la duda de enviarla al constituido o al real.... alguien me podria ayudar... ¿supongo que es al real..pero no quiero dilatar el proceso...puesto que este Sr. ya viene luchando con abogados hace varios años..y no logra terminar el divorcio..
Muchas gracias como siempre.
Saludos!
 #407702  por mantuleasa
 
mandas obvio al real .....y si queres al constituido
 #407770  por Jurisconsulta
 
Gracias! era lo que pensaba despues de leer el Codigo..pero alguien me dijo que lo mandara al constituido....Gracias ed nuevo
Saludos
Belen