Hola Foristas.... Tengo que notificar una sentencia de divorcio(art 214 inc.2) a la contraparte...confeccione la cedula solo con la parte del resuelve....y estoy en la duda de enviarla al constituido o al real.... alguien me podria ayudar... ¿supongo que es al real..pero no quiero dilatar el proceso...puesto que este Sr. ya viene luchando con abogados hace varios años..y no logra terminar el divorcio..
Muchas gracias como siempre.
Saludos!
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