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  • PENSION DIRECTA APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #410338  por melon33
 
Hola a todos: Por favor si alguien me puede responder. Bueno yo sigo con las pensiones directas, es un Hombre: Nacio 17/07/1944 fallecio 25/04/2009
es autonomo desde 10/1974 hasta 25/04/2009 momento del fallecimiento.
El tema es asi yo haciendole el sicam con los 30 años me sale la cuota muy alta porque no tiene art. 3 y por que estaba en una categoria alta, ahora bien tiene dentro de los ultimos 60 meses 12 meses aportados, la ley dice que puedo comletar con la moratoria los 15 años de servicios con aportes y de este modo ser aportante irregular con derecho. Lo que pasa que este señor tiene 34 años de autonomo. MI PREGUNTA ES SI SE PUEDE PRESCRIBIR CON LA LEY 25321 LOS PERIODOS QUE NO QUIERO TOMAR PARA QUE ME DE LOS 15 AÑOS O POR QUE LEY SE PUEDE PRESCRIBIR. POR QUE AL NO PRESCRIBIR ME QUEDA DEUDA EN EL SICAM.-
POR FAVOR SI ALGUIEN PUEDE CONTESTARME.-
 #410374  por simoncitok
 
Por lo que decis entiendo que no tiene dentro de los 36 meses anteriores al fallecimientoes ni 30 meses ni 18 meses aportados solo 12 meses dentro de los 60 meses anetriores al fallecimiento.
Si se puede prescribir con la ley 25321 los periodos que no queres tomar.
Tambien tenes la posibilidad de hacer una moratoria con 30 años de aportes con cese ficto y asi tomarte los 7 años de declaracion jurada mas hacer una ampliacion de periodos desde 01/08/1962 hasta 30/09/1974 con una categoria minima como 401 albañiles para pagar menos.
Recorda que dada la fecha de fallecimiento del hombre ( durante vigencia resolucion 884/06) todo lo que haya que pagar eligas la opcion que eligas es de contado o plan de facilidades previamente cancelado para que puedas presentar el tramite de esta pension
 #410377  por anamaria83
 
Melon33 hay algunas cosas en las que no coincido con el forista anterior. ´
La pensión se puede hacer en cuotas, ahora hay q ver la situación de la esposa. Es jubilada con moratoria en cuotas??

En cuanto al art 1 ley 25321, se puede usar en aquellos casos en q completes los 30 años, sino debés usar la pres ley 14236 para los periodos prescriptos y para los no prescriptos, los dejás con deuda y en anses aplican dto 526/95.

Suerte!
 #410430  por melon33
 
Hola: no la señora no esta jubilada y no cobra ninguna pension graciable. Mi duda es que yo quiero hacerle el SICAM CON 15 AÑOS DE SERVICIO POR QUE DE HECHO TIENE 12 MESES EN LOS ULTIMOS 60 MESES ANTERIORES. CLARO LO QUE ME DICEN USTEDES ES QUE PRESCRIBA HASTA EL 09/1993 CON LA 25321 Y DEL 10/1993 LO DEJO PARA QUE EL ANSES APLIQUE DTO 526/95 ES ASI NO.-
 #410554  por anamaria83
 
Sí, es correcto q completes sólo 15 años si tine 12 meses dentro de los últimos 60, pero ojo que NO SE PUEDE APLICAR ART 1 25321 en estos casos. Para aquellos períodos prescriptos (de mas de diez años de antiguedad) usás prescripción ley 14236 y para los no prescriptos anses aplica dto 526.
 #411213  por benfer
 
Saben si en la irreular con derecho, con 1 año dentro de los ultimos 5 años, y 14 años mas, se puede aplicar DDJJ??? Tengo una en que el causante fallecio en el año 2000
 #411557  por melon33
 
Hola Benfer: si se puede aplicar ddjj depende el cese que tuvo y si es con 15 años tenes que tomar la mitad de beneficio es decir ejemplo 7 años la mitad 3 años y 6 meses.
Espero te ayude esto me lo aconsejo una forista
 #497862  por comision10
 
en el caso de comprar 14 años
En sicam se pone 24476 y se envía?
que se pone en situación de revista?
solo se prescribe lo anterior a 10 áños desde la fecha actual (para rti) y lo posterior se deja con deuda?
se arma en sicam 1 o 2?

gracias, pero esas son mis dudas ante el primer caso de 12/36+15 años