Hola a todos: Por favor si alguien me puede responder. Bueno yo sigo con las pensiones directas, es un Hombre: Nacio 17/07/1944 fallecio 25/04/2009
es autonomo desde 10/1974 hasta 25/04/2009 momento del fallecimiento.
El tema es asi yo haciendole el sicam con los 30 años me sale la cuota muy alta porque no tiene art. 3 y por que estaba en una categoria alta, ahora bien tiene dentro de los ultimos 60 meses 12 meses aportados, la ley dice que puedo comletar con la moratoria los 15 años de servicios con aportes y de este modo ser aportante irregular con derecho. Lo que pasa que este señor tiene 34 años de autonomo. MI PREGUNTA ES SI SE PUEDE PRESCRIBIR CON LA LEY 25321 LOS PERIODOS QUE NO QUIERO TOMAR PARA QUE ME DE LOS 15 AÑOS O POR QUE LEY SE PUEDE PRESCRIBIR. POR QUE AL NO PRESCRIBIR ME QUEDA DEUDA EN EL SICAM.-
POR FAVOR SI ALGUIEN PUEDE CONTESTARME.-
es autonomo desde 10/1974 hasta 25/04/2009 momento del fallecimiento.
El tema es asi yo haciendole el sicam con los 30 años me sale la cuota muy alta porque no tiene art. 3 y por que estaba en una categoria alta, ahora bien tiene dentro de los ultimos 60 meses 12 meses aportados, la ley dice que puedo comletar con la moratoria los 15 años de servicios con aportes y de este modo ser aportante irregular con derecho. Lo que pasa que este señor tiene 34 años de autonomo. MI PREGUNTA ES SI SE PUEDE PRESCRIBIR CON LA LEY 25321 LOS PERIODOS QUE NO QUIERO TOMAR PARA QUE ME DE LOS 15 AÑOS O POR QUE LEY SE PUEDE PRESCRIBIR. POR QUE AL NO PRESCRIBIR ME QUEDA DEUDA EN EL SICAM.-
POR FAVOR SI ALGUIEN PUEDE CONTESTARME.-
