Hola:
yo presentè con la vigencia de la Ley 25994, en febrero, una jubilaciòn en la que la persona tenìa 15 años de aportes pero en provincia, entonces le compre 14 (para completar los 30) con moratoria. Me la rechazaron diciendo que (segùn el art. 168 de la 24241) tengo que acreditar mas del 50 % de los años aportados en Nacion para que se pueda jubilar por Nacion(lo mire en la ley y efectivamente es asi). Ahora, estoy presentando nuevamente la liquidaciòn y compre 16 años en moratoria asi excedo en un año los aportes de provincia (me dijeron que de esa manera superando los años de aportes de provincia me la otorgan), pero que, y esta es la duda: NO APLIQUE EL BENEFICIO DEL ART. 3 DE LA LEY 24476 SINO QUE DIRECTAMENTE LE COMPRE LOS 16 AÑOS COMO AUTONOMA Y LISTO,¿alguien sabe si esto es correcto?. gracias
yo presentè con la vigencia de la Ley 25994, en febrero, una jubilaciòn en la que la persona tenìa 15 años de aportes pero en provincia, entonces le compre 14 (para completar los 30) con moratoria. Me la rechazaron diciendo que (segùn el art. 168 de la 24241) tengo que acreditar mas del 50 % de los años aportados en Nacion para que se pueda jubilar por Nacion(lo mire en la ley y efectivamente es asi). Ahora, estoy presentando nuevamente la liquidaciòn y compre 16 años en moratoria asi excedo en un año los aportes de provincia (me dijeron que de esa manera superando los años de aportes de provincia me la otorgan), pero que, y esta es la duda: NO APLIQUE EL BENEFICIO DEL ART. 3 DE LA LEY 24476 SINO QUE DIRECTAMENTE LE COMPRE LOS 16 AÑOS COMO AUTONOMA Y LISTO,¿alguien sabe si esto es correcto?. gracias