Me llegó un cliente con una demanda de ejecución fiscal por incumplimiento de pago de alumbrado, barrido y limpieza durante aproximadamente tres años. Mi cliente adeuda dicho monto efectivamente y por lo que pude analizar no hay posibilidades de oponer excepciones. Por otro lado el inmueble se encuentra afectado a bien de familia, pero corremos el riesgo de la desafectación, aunque la deuda es posterior a la afectación del inmueble. Mi cliente quiere cumplir pero no puede pagar todo junto. Yo lo que pensé es contestar la demanda y comunicarme con el abogado del gobierno de la ciudad de Buenos Aires para ver si hay posibilidades de llegar a un acuerdo. En realidad mi consulta es práctica, me interesaría saber que se suele hacer en estos casos. Muchas gracias.