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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #411436  por Pilusa
 
Buenas a todos. Mi cliente se va a notificar espontáneamente de la primera audiencia en juicio de alimentos y contestará demanda (sí, aceptan contestación de demanda). La cuestión es que le fijaron una alta cuota de alimentos provisorios ordenando depositarla en cuanta de autos y lo cierto es que este hombre ya abona en concepto de alimentos (pagando escuelas, médicos, obra social y actividades extracurriculares, etc) una suma sensiblemente superior a la fijada en concepto de alimentos provisorios. Además sus hijos están la mitad del mes con el y la otra con la madre, de modo que hay una tenencia compartida.La pregunta es :además de alegar todo eso que vengo relatando, al contestar demanda ¿debe depositar en cuenta de autos ese monto de alimentos provisorios? (al menos los del mes en curso) ¿O basta que alegue y pruebe que desembolsa una suma superior a esa en forma mensual en concepto de alimentos para sus hijos? Este juicio tramita en Pcia. de Bs.As.
Espero haber sido clara. Gracias a todos por sus opinones.
 #411590  por diegogvillamayor
 
hola, tu cliente a partir de ahora debe depositar como le piden el monto ese de cuota alimentaria provisoria, si queire pasar mas lo puede hacer.
Pero pagando eso que le fijaron de provisorios esta bien.
En cuanto al resto, plantea lo que decis no habria problemas.
recien ahora vas a la audiencia de etapa previa no?
si es asi, no se contesta demanda ni nada, solo se va a la audiencia y se trata de arreglar, fijate bien lo que dice el proveido si es por traslado de demanda o audiencia de etapa previa.
saludos.
 #411797  por Pilusa
 
Hola Diego. Gracias por tu opinión. La cosa es asi. Como soy obsesiva y sabía que la ex iniciaría alimentos le estuve atrás y ví que efectivamente inició el juicio. Hasta ahora no lo han podido notificar por probelmas ajenos a mi cliente que está desesperado por ir a una audiencia. Ahora fijaron nuevamente audiencia(la del 636CPCC).-Ya averigué y aceptan contestación de demanda. Le propuse a mi cliente presentarnos espontáneamente (ya que sabemos que esta vez tampoco le llegará la cédula). Haré lo que me decis. Depositaré los $1800.- solo del mes de septiembre y alegaré lo que manifesté en el anterior post. Luego te cuento. Mil gracias.
 #412214  por diegogvillamayor
 
igual si no esta noficitado no tenes que presentar nada.
espera a la notifiacion o espera a presentarte en la audiencia y de ultima podrias llevar el dinero y pagarlo ahi haciendo que se deje constancia en el acta que pagas o recien ahi ir al banco y depositar.
si no estas notificado no debes alimentos.
en la audiencia alega que te enteraste unos dias antes y listo. que eso quede plasmado.