Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HILO ANÁRQUICO: exclusivo para abogados re-mala onda!!!

  • Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
Charlas de café. Hilo social y cualquier tema de interés o entretenimiento.
 #411709  por Master
 
Mire, vea, don Picca, que la combinación inversa no está nada mal eh..
 #411721  por andrea1982
 
Sailaw escribió:
DoctorPiccafeces escribió:1) Llamo al abogado de una contraparte a la que voy a subastar un inmueble para ver si su cliente se pone las pilas, paga la sentencia y los honorarios en cómodas cuotas menstruales y me ahorra el remate.

2) El abogado me arma un alegato de lo mas fervoroso diciendo que en realidad el debió haber ganado el juicio, que la justicia de san martín es una mierda (en eso le puedo llegar a dar la razón) y que es injusto que haya perdido. A todo esto, el tipo tomo 40 y pico de capital -su teléfono lo saqué de la página del CPACF- por lo que asumo es un tipo grande que se recibió hace al menos 15 años, ya que yo tengo tomo 62 y me recibí en el 96.

3) Le digo que comprendo todo lo que dice, pero que no lo llamo para intercambiar opiniones acerca de un juicio que ya tiene sentencia firme y está en etapa de ejecución, sino para saber si le interesa evitar el remate de un bien que ya está embargado, con el segundo testimonio inscripto y agregado al expediente y los oficios de subasta diligenciados, del que planificaba pedir martillero mañana o pasado.

4) Me dice que va a apelar el pedido de martillero (sic) y corta antes que le pueda decir algo...

Yo creo que lo agarré en un recreo con LSD.



Ah bue!! Un groso...

Revocatoria, con apelación en subsidio, recurso de casación civil, caso federal, Pacto de San Jose de Costa Rica, Naciones Unidas, Obama Blin Laden en caso de no haber opción final!!!!!!!! En realidad no era LSD, era simplemente crack
 #411808  por poorlaw
 
Maldición... la AFIP estableció un régimen de retención para monotributistas, cuando se dén los supuestos contemplados en la Resolución General 2616/2009 :evil:
Como sé que hay colegas a los que les va muy bien, les aconsejo que vayan sumando las libranzas por honorarios desde el 1º de febrero de este año.
Mepa que unos cuantos colegas van a pasar a revistar como responsables inscriptos... a consultar con los contadores.

viewtopic.php?f=12&t=74380&p=411804#p411804
 #411960  por jfrotela
 
poorlaw escribió:Maldición... la AFIP estableció un régimen de retención para monotributistas, cuando se dén los supuestos contemplados en la Resolución General 2616/2009 :evil:
Como sé que hay colegas a los que les va muy bien, les aconsejo que vayan sumando las libranzas por honorarios desde el 1º de febrero de este año.
Mepa que unos cuantos colegas van a pasar a revistar como responsables inscriptos... a consultar con los contadores.

viewtopic.php?f=12&t=74380&p=411804#p411804
Es solo si facturaste mas de $ 72.000 por año????????

falta muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchoooooooooooooooooooo!!!!!!!!!!!!!
 #411974  por claudiarf
 
jfrotela escribió:
poorlaw escribió:Maldición... la AFIP estableció un régimen de retención para monotributistas, cuando se dén los supuestos contemplados en la Resolución General 2616/2009 :evil:
Como sé que hay colegas a los que les va muy bien, les aconsejo que vayan sumando las libranzas por honorarios desde el 1º de febrero de este año.
Mepa que unos cuantos colegas van a pasar a revistar como responsables inscriptos... a consultar con los contadores.

viewtopic.php?f=12&t=74380&p=411804#p411804
Es solo si facturaste mas de $ 72.000 por año????????

falta muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchoooooooooooooooooooo!!!!!!!!!!!!!
Es que Don Poor es un capo.... por algo le dicen cacique :lol: :lol: :lol:
 #412039  por poorlaw
 
claudiarf escribió:
jfrotela escribió:
poorlaw escribió:Maldición... la AFIP estableció un régimen de retención para monotributistas, cuando se dén los supuestos contemplados en la Resolución General 2616/2009 :evil:
Como sé que hay colegas a los que les va muy bien, les aconsejo que vayan sumando las libranzas por honorarios desde el 1º de febrero de este año.
Mepa que unos cuantos colegas van a pasar a revistar como responsables inscriptos... a consultar con los contadores.

viewtopic.php?f=12&t=74380&p=411804#p411804
Es solo si facturaste mas de $ 72.000 por año????????

falta muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuchoooooooooooooooooooo!!!!!!!!!!!!!
Es que Don Poor es un capo.... por algo le dicen cacique :lol: :lol: :lol:
Nununu... si ya saben que no ejerzo casi nada... pero sé que algunos de Ustedes sí superan las setenta y dos lucas, y los que no, no se crean que falta muuuuuuuuuuuuuuuuuchoooooooooooooooo (y, en verdad, espero que sea así :wink: ) ¿si, qué no? :roll: Es un aviso nomás... mirá si vas a cobrar y te retienen el 56 % así nomás...

Además, es una burrada, ¿porqué retienen 21 % si a los honorarios regulados habría que adicionar el iva solo en el caso de estar inscripto en el iva? A lo sumo debería ser una alicuota de retención del 17,35 %, si del total cancelado se supone que es precio final, lo dividís 1,21, le sacás el 21 % dá 17,35, que un contador me aclare por favor,

Y ganancias también, si se supone que está incluído el iva, ¿por qué el 35 % de retención sobre el final? Debería ser, como máximo, a ver, dividís por 1,21, y le sacás el 35 %, debería ser 28.92 %, ¿sí, qué no?

Mejor la corto, estos cálculos a las apuradas me ponen nervioso.
  • 1
  • 63
  • 64
  • 65
  • 66
  • 67
  • 240