molinag escribió:muy erronea tu interpretacion de eventual fede, amen de que no dije ninguna falacia, y que los argumentos que presentas no son mas que lo "que no dice la ley", lo importante es como te dijeron otros" es el espiritu", y para remontarte a 1994, te dire que los legisladores no tuvieron la intancion de que"ALGO APORTEN", no se crea un impuesto para que ALGO APORTEN; los legisladores tomaron esto de la tributacion fiscal brasilera, y estos asu vez de los paises europeos que fueron quienes lo copiaron de paises escandinavos( suecia) , ahora no me imagino a alguien en este pais aportando "algo", para que no queden afuera del sistema, pero lo que te cuento es historia tributaria....amen de esto varias leyes no dicen todo, porque dejan delegadas las normas de cumpilmiento a diversos organismos(afip), ejemplo lease resolucion general n° tanto, y esta a su vez te reenvia al decreto reglamentario y este a su vez a una resolucion en la cual se defiene palabras como "EVENTUAL, PARAMETROS O REMITE A LA LEY DE GANACIAS PARA DEFINIR HABITUALIDAD".....en fin hay parametros que respetar y que enmarcan la actividad.........la primera condicion del eventual es irrefutable: no debe tener un espacio fisico donde desarrolle su actividad"......no veo a ningun colega atendiendo en la plaza, pero bue son tus opiniones, y la defensa de nuestra profesion no hace falta que no las hagas, todos los del foro sabemos lo que es este laburo, no existen falacias, existen quienes quieren justificar diciendo que todo es una falacia...saludos
Molinag, no engranes!!! By Happy !!! Acordate lo que decia Couture en uno de sus mandamientos del Abogado "Olvida"... seguro que vos con tu cultura y prosapia sabrás recordarlo mejor que mi humilde memoria.
En fin, ahora que el monotributo se fue por las nubes entenderás porque cuando algun profesional no va a trabajar de forma continua ya sea por enfermedad, maternidad o lo que fuera. Es muy recomendable recategorizarse como eventual en vez de darse de baja del monotributo para luego darse de alta. El simulador de la afip permite la recategorización, no cuestiona, ni analiza...si trabaja en lugar fisico, oficina, sheraton, plaza, cafe, playa, etc.
No solo el simulador sino también en la Afip estan de acuerdo con la categorizacion como eventual cuando el profesional va a prestar servicios de forma discontinua y esporadica.
Te comento que gané y perdí muchos juicios y si hubiera seguido el espiritu de las leyes y la normas en los que gané, los hubiera perdido también. A lo que voy es que el espiritu de las leyes al que vos haces referencia sirve pero es un valor totalmente subjetivo, como casi todo en el derecho.
Exitos y buen año!
Caminante no hay camino, se hace camino al andar...