Hola a todos!
Les consulto quizá unas tonterías, pero estoy con mis primeros casos y bueno, cuando uno empieza a leer y leer, a veces en vez de entender se confunde más!!
El tema es asi: a una perito contadora le regularon el 5% de los honorarios en un proceso laboral. Los demandados (que son dos, y vencidos) ya fueron notificados a través de su apoderado del pago de los honorarios. Aun no los pagaron. Entiendo que ya estoy habilitado para iniciar la ejecución de sentencia... ahora bien... me surgen dudas:
1) Inicio la ejecución de sentencia contra ambos demandados? A uno solo? En todo caso, por que porcentaje a cada uno?
2) Existe alguna diferencia en el proceso laboral que el civil en cuanto a esto? En términos prácticos que sería? (estuve leyendo ambos procesos pero solo diferencian el monto que debe percibir el vencedor -lease empleado- y nada habla de peritos)
2) Lo hago notificando al apoderado por más de que hayan pasado 10 meses? (la causa aun no se archivó)
3) Si no conozco bienes de los demandados, debo pedir oficios a los Registros de Propiedad Inmueble, Automotor, BCRA, Min. Trabajo, etc, a los fines de conocer que puedo embargar? Es mejor directamente embargar el sueldo? O chequeo por VERAZ y de ahí embargo? (El monto sería por aproximadamente $3000, poquito)
Espero respuestas colegas, y gracias por la paciencia!!!
Saludos!
Les consulto quizá unas tonterías, pero estoy con mis primeros casos y bueno, cuando uno empieza a leer y leer, a veces en vez de entender se confunde más!!
El tema es asi: a una perito contadora le regularon el 5% de los honorarios en un proceso laboral. Los demandados (que son dos, y vencidos) ya fueron notificados a través de su apoderado del pago de los honorarios. Aun no los pagaron. Entiendo que ya estoy habilitado para iniciar la ejecución de sentencia... ahora bien... me surgen dudas:
1) Inicio la ejecución de sentencia contra ambos demandados? A uno solo? En todo caso, por que porcentaje a cada uno?
2) Existe alguna diferencia en el proceso laboral que el civil en cuanto a esto? En términos prácticos que sería? (estuve leyendo ambos procesos pero solo diferencian el monto que debe percibir el vencedor -lease empleado- y nada habla de peritos)
2) Lo hago notificando al apoderado por más de que hayan pasado 10 meses? (la causa aun no se archivó)
3) Si no conozco bienes de los demandados, debo pedir oficios a los Registros de Propiedad Inmueble, Automotor, BCRA, Min. Trabajo, etc, a los fines de conocer que puedo embargar? Es mejor directamente embargar el sueldo? O chequeo por VERAZ y de ahí embargo? (El monto sería por aproximadamente $3000, poquito)
Espero respuestas colegas, y gracias por la paciencia!!!
Saludos!