Hola a todos. Quiero saludar a todos mis colegas. Desde mi humilde opinión coincido en aquello de que la nueva empresa pone como fecha de inicio de actividades la verdadera de inicio., pero nada tiene que ver y se debe respetar la antiguedad de los trabajadores para que se efectivicen los derechos adquiridos con la misma. Es decir a cada empleado le pone la fecha en que ingresó a la anterior empresa y se respeta su antiguedad. ...Ahora, si no se respeta la antiguedad y se comienza con todos los empleados desde cero, Se le debe iniciar a la anterior empresa la indemnización correspondiente por antiguedad. Creo que ese famoso papel, si no es un convenio firmado ante autoridad administrativa o judicial que homolgue la obligación del empleador... no lo va a obligar si se borran los tipos despues.... Amen de que si la empresa es otra, yo exigiría fojas de montos y servicios... para cubrirme en antiguedad y para prueba cdo me jubile... Suerte..
Leon y ya que estamos, podes copiar "el papelucho" o nota???
Así nos enteramos si es una cesión de personal o una declaración unilateral de voluntad o una notificación de cesion o que se yo que puede ser.