Hola gente:
Tengo casi todo acordado para dividir los bienes en un divorcio por presentación conjunta. La duda que me surge es por el planteo de la esposa sobre lo siguiente:
hay un depto, ganancial, que el marido le cede. El tema es que tiene una hipoteca con un saldo de unos 50.000 pesos. El se compromete a pagar la cuota hasta terminar. La esposa me plantea lo siguiente: si hoy el esposo se muere, la hipoteca se cancela por el seguro, ahora si se inscribe la cesión a su favor, obviamente la acreedora hipotecaria sería ella , si el esposo palma la hipoteca subsiste y se va a tener que hacer cargo ella. Pregunto supongamos que sale la sentencia con el acuerdo ¿la puedo pisar hasta que cancele la hipoteca el marido y cubrir la eventualidad de su muerte? Otro punto: ¿como expreso de modo tal que no queden dudas que el marido va a afrontar la cuota del hipotecario?¿un reclamo por eventual incumplimiento lo puedo iniciar como ejecucion de sentencia? Muchas gracias
Tengo casi todo acordado para dividir los bienes en un divorcio por presentación conjunta. La duda que me surge es por el planteo de la esposa sobre lo siguiente:
hay un depto, ganancial, que el marido le cede. El tema es que tiene una hipoteca con un saldo de unos 50.000 pesos. El se compromete a pagar la cuota hasta terminar. La esposa me plantea lo siguiente: si hoy el esposo se muere, la hipoteca se cancela por el seguro, ahora si se inscribe la cesión a su favor, obviamente la acreedora hipotecaria sería ella , si el esposo palma la hipoteca subsiste y se va a tener que hacer cargo ella. Pregunto supongamos que sale la sentencia con el acuerdo ¿la puedo pisar hasta que cancele la hipoteca el marido y cubrir la eventualidad de su muerte? Otro punto: ¿como expreso de modo tal que no queden dudas que el marido va a afrontar la cuota del hipotecario?¿un reclamo por eventual incumplimiento lo puedo iniciar como ejecucion de sentencia? Muchas gracias
Fabian