Hola!!! podran decirme si estoy en el camino correcto:
Recibi oficio para embargar sueldo de mi empleado, en guernica. El juzgado es de Mercedes.
1.-TEngo que contestar el oficio recibido? (tengo un plazo para hacerlo?) informando que procedere a retener y depositar en la cta del Bco Pcia, el equivalente al 20% en total entre las dos quincenas (ah si, por que interpreto que al ser quincenal el pago del salario por ser empleado de la construccion, tengo que alcanzar el maximo legal del 20% de lo que surga de diferencia entre lo pagado y el SMVM).
2.-Mensualmente debo diligenciar al juzgado de Mercedes el escrito de acredita pago y adjunta boleta de deposito )o esto lo puedo suplantar por un fax enviado directamente al estudio de la empresa que solicito el embargô?)
MIL GRACIASSSSSSSSSSSSSSS
Recibi oficio para embargar sueldo de mi empleado, en guernica. El juzgado es de Mercedes.
1.-TEngo que contestar el oficio recibido? (tengo un plazo para hacerlo?) informando que procedere a retener y depositar en la cta del Bco Pcia, el equivalente al 20% en total entre las dos quincenas (ah si, por que interpreto que al ser quincenal el pago del salario por ser empleado de la construccion, tengo que alcanzar el maximo legal del 20% de lo que surga de diferencia entre lo pagado y el SMVM).
2.-Mensualmente debo diligenciar al juzgado de Mercedes el escrito de acredita pago y adjunta boleta de deposito )o esto lo puedo suplantar por un fax enviado directamente al estudio de la empresa que solicito el embargô?)
MIL GRACIASSSSSSSSSSSSSSS