Buenas...el tema es asi:
una SRL y un co-demandado perdimos un juicio laboral y de accidente de trabajo con sentencia firme. El codemandado es insolvente. Ahora, le llego un telegrama a uno de los socios de la SRL (a mi) para una audiencia de conciliacion. El otro socio es extranjero, no reside en el pais.
La pregunta es si los socios de la SRL responden con su patrimonio personal directamente o si deben pedirle primero la quiebra a la SRL y despues ir contra los socios...la verdad que me tiene muy mal este tema.
Saludos y gracias por cualquier respuesta que me puedan dar.
una SRL y un co-demandado perdimos un juicio laboral y de accidente de trabajo con sentencia firme. El codemandado es insolvente. Ahora, le llego un telegrama a uno de los socios de la SRL (a mi) para una audiencia de conciliacion. El otro socio es extranjero, no reside en el pais.
La pregunta es si los socios de la SRL responden con su patrimonio personal directamente o si deben pedirle primero la quiebra a la SRL y despues ir contra los socios...la verdad que me tiene muy mal este tema.
Saludos y gracias por cualquier respuesta que me puedan dar.