BUENAS TARDES COLEGAS: Les cuento mi duda, haber si pueden darme una manito. Presente la demanda de alimentos en 8/2009 fijaron audiencia para 15/9, hice el traslado , todo bien hasta ahi. pero el demandado opone excepcion de previo y esp. pronun. ya que ha iniciado en otro juzgado una demanda por el mismo objeto en junio de 2009 pero no dio traslado aun. La resolucion del juez es suspender la audiencia y pedir el expte ad efectum videndi, yo fui a la aud. con mi clienta ( no nos habian notificado) y no se tomo pero igual hice levantar el acta. Y ME NOTIFIQUE DE LA EXCEPCION QUE HABIAN OPUESTO EL DEMANDADO. LA PREGUNTA ES: TENGO QUE CONTESTAR LA EXCEPCION???? ACLARO QUE ELLOS NO CONTESTARON DEMANDA AUN SOLO OPUSIERON LA EXCEPCION.??? TIENEN IGUALMENTE LA OBLIGACION DE CONTESTAR DEMANA EN QUE PLAZO??.
GRACIAS
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CarolaLex
"... Son aquellas pequeñas cosas que nos dejo un tiempo de rosas..."
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