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  • audiencia mal notificada

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #426124  por vero_ss
 
Hola foristas, mi cliente -alimentante- recibió una cédula en la que se consignaba una fecha de audiencia erronea, posterior a la que realmente se había fijado (la aud. era el 15 y la cedula dice 17 de sept.!)...
Sólo tengo q justificar la inasistencia según art. 642, o me conviene plantear una nulidad? porq el 642 sólo se puede plantear una vez no??? GRACIAS!
 #426478  por diegogvillamayor
 
si en la cedula decia una fecha que no era, pedi la nulidad de la notificacion y a su vez que den nueva fecha.

saludos.
 #426564  por vero_ss
 
Gracias Diego por tu respuesta. Tenía la idea de plantear la nulidad (con apelación en subsidio) si es que en la audiencia se resolvieron los alimentos; todavía no pude ver el expte. así q me doy una vuelta mañana a dejar nota... Tendría que pedir la nulidad directamente de la notificación sin apelación?
 #427295  por diegogvillamayor
 
yo pediria las 2.