Hola gente, tengo el temor de hacer la pregunta más estupida del foro pero vamos a hacerla.
Justicia de Paz, provincia de Buenos Aires. Un juicio de alimentos, tengo una duda con los pasos a seguir
Se inicia con una demanda por la parte que solicita alimentos, ahora el alimentante que hace.
¿Contesta la demanda?
¿ O va directamente a la primera audiencia?
Consulte el Código y no menciona la contestación de demanda que supongo que se rige por los plazos del proceso sumario y eso me llamó la atención.
Aclaro que en el caso en cuestión el alimentante no tiene inconveniente en otorgar los alimentos, solo quiere discutir en la audiencia algunos términos del aporte
Gracias y disculpen si es una tonteria pero estoy recien empezando.
Darío
Justicia de Paz, provincia de Buenos Aires. Un juicio de alimentos, tengo una duda con los pasos a seguir
Se inicia con una demanda por la parte que solicita alimentos, ahora el alimentante que hace.
¿Contesta la demanda?
¿ O va directamente a la primera audiencia?
Consulte el Código y no menciona la contestación de demanda que supongo que se rige por los plazos del proceso sumario y eso me llamó la atención.
Aclaro que en el caso en cuestión el alimentante no tiene inconveniente en otorgar los alimentos, solo quiere discutir en la audiencia algunos términos del aporte
Gracias y disculpen si es una tonteria pero estoy recien empezando.
Darío