Hola a todos! tengo la siguiente inquietud, en caso que un trabajador este con licencia por accidente de trabajo, primero, el empleador puede despedirlo durante la licencia?, y segundo, en caso que pueda, además de la indemnización (art. 245, preaviso, integración, y liquidación final) deberá abonarle las remuneraciones correspondiente por el tiempo que dure la licencia. O directamente NO se puede despedir hasta tanto obtenga el alta médica?
Gracias por la ayudaaaaa!!!
Saludos,
Gracias por la ayudaaaaa!!!
Saludos,
Es en la crisis que nace la inventiva, los descubrimientos y las grandes estrategias. Quien supera la crisis se supera a sí mismo sin quedar 'superado'...