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  • Es necesaria una sentencia para la estafa procesal?

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 #430264  por jhonduke
 
El caso es sencillo, una sociedad se dedica al engorde de ganado, lo compra y luego lo revende. Este tipo de operaciones se manejan al contado, cuando se compra el ganado se entrega la factura y sino se tiene el dinero cash se entregan uno o mas cheques en garantía de que será cancelada la obligación. La persona que vende el ganado al feed lot, trae la factura y ya cuenta con el recibo cancelatorio para cuando este comprador le entregue el dinero, entonces le toma los cheques y se los entrega a quien le compró primigeniamente para revenderlo en el feed lot. Una vez que el del feed lot paga al intermediario, este le entrega el recibo y va al que le vendió primariamente y le lleva la plata y éste le entrega los cheques.
La cuestión ha sido que este intermediario le incia a la sociedad que se dedica al feed lot una demanda por cobro sumario de sumas de dinero, se lleva dos testigos y embargan e inhiben posteriormente a la sociedad, sacándola del comercio porque al estar embargada y/o inhibida no puede cobrar los subsidios del estado y la actividad deja por completo de ser lucrativa o rentable. Lo cierto es que la sociedad abonó todas las compras de ganado y presenta las cancelaciones en el expediente, no logrando convicción ni en primera ni en segunda instancia con respecto a las cautelares, pero aún no hay sentencia y se están produciendo las últimas pruebas, por ende yo quisiera saber que si el efectivo daño ocasionado (quedó fuera del comercio) y hubo convicción prima facie, se consumó el delito de estafa, o es necesario el dictado de una sentencia futura desfaborable para la sociedad, donde quede la estafa procesal en grado de tentativa, ya que manda a pagar xxx pesos que no se harán efectivos.
Desde ya gracias, saludos
 #431361  por Doncella_de_Orleans
 
poorlaw escribió:
jhonduke escribió:El caso es sencillo...
Estoy sonado, porque no entendí ni medio.

Yo tampoco, y eso que acá cerca está lleno de vacas... :roll:
 #431516  por DAL
 
Doncella_de_Orleans escribió:
poorlaw escribió:
jhonduke escribió:El caso es sencillo...
Estoy sonado, porque no entendí ni medio.

Yo tampoco, y eso que acá cerca está lleno de vacas... :roll:
Yo estoy igual, debe ser una ley de Murphy esto de que cuando algo te lo pintan sencillo, no lo es!
 #433907  por miltriti
 
Si la sociedad pagó todas sus deudas, entonces los comprobantes que presentó en el juicio de cobro de pesos son falsos.

Si los comnporobantes son falsos, se consuma con su utilización el delito de falsificación de documento privado (en este caso los usa para presentarlo en juicio)

Asi als cosas, si lo presenta en juicio se configuraría el delito de tentativa de estafa procesal ya que pretende mediante la utilización de documentos apócrifos, hacer caer al juez de la causa en error a fin de que dicte un sentencia que obigue al demandado a disponer de su patrimonio, generandole u perjuicio patrimonial o económico.
Si no hay sentencia, se mantiene en grado de tentativa, si ya la hay o se produjo alguna disposición patrimoniaal, el delito se consuma.

La tentativa de estafa procesal comienza con la actuación procesal tendiente a la conducta judicial fraudulenta. Puede comenzar... con la demanda que ya se enderece al fraude... ofreciendo la prueba falsa o desenvolviendo la trama para el ardid posterior... Mientras la ejecución procesal fraudulenta no consume la defraudación... la tentativa continúa..

la tentativa comienza con el despliegue de medios engañosos. Dura mientras se persiste en ese tipo de actividad. Por eso es tentativa de estafa la presentación en juicio de falsos documentos por medio de los cuales se persigue alguna ventaja patrimonial ilícita y subsiste la tentativa mientras subsiste la pretensión judicial de hacerlos valer.”

Yo te recomiendo que, en el caso de que se trate de docuentacion falsa, que denuncies el hecho, esto suspendera el tramite de la demanda civil por prejudicialidad penal..resuelta esta ultima, podras pedir accion civil por los daños y perjuicios,, aunque si tenes certeza que son falsos, podes constituirte como actor civil en el proceso penal y reclamar todos los daños en esa sede .