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  • CUOTA PROVISORIA EN ALIMENTOS PROVISORIOS EN FILIACIÓN

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #431759  por julietita
 
Colegas
Me surge una interrogante, en una medida precautoria de alimentos provisorios en un juicio de filiación, me regularon como cuota provisoria, sin entrar a verificar el caudal del alimentante, la suma de $300.
Ahora, si bien estamos a punto de que se realice la prueba de ADN, lo cierto es que el monto fijado me parece que es muy bajo. El código no dice nada respecto de la inapelabilidad de dicha medida, y si bien puede proceder al rechazarse la misma, podría proceder en este caso?
Espero sus opiniones.
 #431786  por chiqui79
 
justamente en este caso mas que en ninguno me parece justo el monto que pusieron. Considera que ni siquiera tenes probado el vinculo y ya te hacen pagar, es más para mi el pago anticipado roza con lo inconstitucional. En todo caso debería con la sentencia ordenarse pagar retroactivamente, pero pagar anticipado a algo que no sabes como va a salir me suena raro. Obvio que el derecho del menor a una susbsistencia mientras se sustancie el proceso justifica la fijacion de provisorios, por eso me parece razonable que el monto sea minimo. Amén de ello, a mi por dos menores (reconocidos) cuyo padre tiene un haber de 5.000 pesos me regularon $650 de provisorios. Nada. Entonces no creo que este mal lo que determinaron en tu caso.
Saludos.
 #431793  por julietita
 
Gracias por compartir tu opinión sobre este tipo de medidas.
En realidad mi duda, y sobre la que estaba leyendo alguna doctrina, es sobre la posiblidad de apelar el monto de la cuota provisoria. Como medida precautoria el código establece la posibilidad de apelar su rechazo o concesión, pero nada dice sobre el monto.
Ahora bien, hay una corriente doctrinaria que establece que al no decir expresamente que es inapelable entonces sería objeto de apelación.
En la práctica, resulta viable?