Hola Colegas! llego al estudio el caso de una delegada gremial de empleados de comercio de un distrito, esta empleada trabajo durante mas de 10 años en un verduleria y ahora se le acusa de haber robado en el peso de la mercaderia no dinero (kilo de papa-kilo de znahoria en complicidad de un tercero supuestamente) causal supuestamente justa de despido.-
Ahora no se le puede probar lo invocado por la empleadora, se notifico por C.D. el cargo gremial de la parte anteriormente a la situacion invocada.-
El problema mio es que me hago un lio con el tema de la sancion de la ley 18.964 para la supuesta practica desleal, alguien me orienta un poco?
Ahora no se le puede probar lo invocado por la empleadora, se notifico por C.D. el cargo gremial de la parte anteriormente a la situacion invocada.-
El problema mio es que me hago un lio con el tema de la sancion de la ley 18.964 para la supuesta practica desleal, alguien me orienta un poco?
La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio