Hola, soy abogada de un negocio y tomaron una nueva empleada, quieren hacer algun tipo de contrato que el dia de manana si nos le gusta la puedan despedir sin indeminzar, el tema es que quieren cubrirse pero no hacerles aportes, la empleada es monotirbutista. Que hago, porq el contrato a prueba no va, hay alguna clase de contrato que los cubra de imnenizar sin hacer los aportes de ley. Gracias
Hola, estimada colega podes hacer el contrato que quieras (vgr. Locación de servicios, socia, etc..), pero en laboral no importan esas formalidades instrumentales sino la primacia de la realidad, o sea que la empleada esta en relación de dependencia. Es por ello, que el día de mañana cuando el trabajador se vaya o lo echen reclamaran conforme la LCT y concordantes. En este punto, como abogada que asesora al negocio dejalo bien en claro con los empleadores, en mi opinión tomar una empleada en relación de dependencia y "querer cubrirse, no pagar aportes, sin cobertura de ART, etc..despedir y no indemnizar" además del incumplimiento, es torpeza.
Si les parece, que sea monotributista (MAL) pero que se fijen que el día de mañana (altas probabilidades) tendrán que llegar a un Acuerdo Conciliatorio en el Ministerio de Trabajo que corresponda.
En su caso aclara de que tipo de tareas hablamos, porque existen algunas que son dudosas y unas pocas que no lo son - relación de dependencia.
Espero te sirva, saludos