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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #43797  por esdrujulos
 
Hola Dres!
Les hago una pregunta:

Una persona arreglo un retiro por voluntad de ambas partes en escribanía el 28/02/2002.

Reclamo varias veces informalmente la certificacion de servicios y no hubo respuesta. Y la empresa donde trabajaba fue absorbida por otra (Fusión de empresas de operadores celulares, ya se imaginan no?)


Esto se puede intimar o prescribió? Se puede reclamar??.

Porque podria prescribir a los dos años o no por el efecto q tiene la certificación en cuanto a que es necesaria el día que la persona se quiere jubilar..

Unos dicen a los dos, otros dicen a los 10..

Les agradexco!

 #43928  por GU
 
Si bien podes intimar mediante CD en los terminos del Art. 80 a que hagan entrega de los certificados, lo cierto es que practicamente ningun tribunal concede esta indemnizacion una vez transcurrido el plazo de la prescripcion que es de 2 años.

Salutes!

 #43961  por jfrotela
 
hola a todos... coincido con gu. No creo que tengas muchas chances. Todo reclamo con fundamento laboral prescribe a los dos años. Pero con intentar.... Saludos y suerte. Franco