Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Estoy en problemas, S.O.S.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #373669  por abogalo
 
A mi me sirven que me tiren abajo un poco cuando hago una consulta porq me sirve para armar mejor mi estrategia y preveer como se puede llegar a defender la otra parte y asi voy mejor preparado a enfrentar el conflicto. En ese entendimiento y sin intenciones de desmoralizarte te digo:
1) Para mi no se aplica el art 57 LCT porque no intimaste a que aclare en 48 horas o 2 días (en cualquier caso siempre son habiles) sino que iontimaste a que en 30 días regularice la situacion laboral.
2) a esta hora ya estoy medio quemado por lo que no logro darme cuenta si hay "Actitud maliciosa del empleador", eso solo existirá si te niega la tarea despues de estar notificado del pedido de rgularización, sino eso tal actitud no existe.
3) el kid de la cuestion, a mi humilde entender, está aca:
ErwinAndreThiago escribió:La patronal recibio el TCL por Falta de Registracion el 11/6 10:33 este va por 30 dias. La negativa de tareas Recibe la empleadora el 12/6 10:10 este fue por 48 hs. Apercibimiento efectivo por silencio se mando el 18/6 12:00. Se recibe rechazo de la empleadora e intimacion a presentarse a laborar el 19/6 11:30.
tenes que fijarte si llego primero la que se considera despedido o llego primero la intimacion a presentarse a trabajar, si llego primero el despido indirecto estas JOYA. Si llegó primero la intimacion a presentarse a trabajar eso tendría q haber hecho el trabajador. Por lo que estará mal considerarse despedido si te están intimando a que te presentes a trabajar.
Igualmente en derecho todo es discutible y siempre podes reclamar lo que el trabajador se crea con derecho porq el proceso es gratis para el, pero esa es la "actitud ruptirista" y el principio en derecho laboral es la continuidad del contrato de trabajo.
Prepará bien la estrategia y reclama, de última en la marcha ves mejor como va la mano y se puede intentar una transaccion.
 #373685  por ErwinAndreThiago
 
Estimado abogalo: la intimacion por 48 horas de negativa fue el 11/6, previamente 10/6 intimacion registracion por 30 dias omite intimar en este conteste en 48, hs se me paso. Recibio la empleadora el 12/6 la intimacion de la negativa. el 18/6 al no recibir respuesta, se manda CD. por silencio y haciendo efectivo el apercibimiento. 19/6 trabajadora recibe, rechazo de la CD de Registracion, y rechazo de la negativa, intimandola a que se presente en 24 hs, bajo apercibimiento. (esta fue enviada por la empleadora el 17/6 en el ultimo minuto al cierre del correo).
Hoy 22/6 se mando el rechazo de su misiva de intimacion a que se presente a laborar, configurando nuevamente la injuria laboral por negativas de tareas, reclamando a que en 48 hs. abone indem. y multas. tiene testigos de que se presento a trabajar
mandame un Yahoo. te paso detalles finos.
Erwin
 #373705  por DAL
 
Erwin: tu cliente metio la pata y muy mal.
Se dio por despedido MUY PRECIPITADAMENTE sin respetar los plazos legales.
Tenía legalmente Y COMO MININO el 16 y 17 para despachar la carta, y lo cumplio. Además es minimo por lo que si lo hubiera despachado el 18 o 19 esta bien tambien.
Darse por despedido por silencio es un tema que debe manejarse con mucho cuidado y acá se actuo CON DEMASIADO APURO.

La empleadora por otra parte niega la negativa de tareas. Quedó como sola injuria, ya que el silencio no es tal. Ahora la actora deberá probar esta negativa de tareas y además convencer al juez que fue suficiente motivo de injuria para considerarse despedida, que un solo día no la dejen entrar a trabajar.

El calculo que hace Morgan de los días es correctisimo!!!
De onda va el consejo: DEJEN DE JO..... CON LAS 48 HORAS!!!!!!!!!! NO EXISTE ESE PLAZO y tenerlo en la cabeza nos lleva a casos como este donde ahora no hay casi nada por hacer.
 #373718  por ErwinAndreThiago
 
Estimado dal: volviendo LA negativa de taresas fue el 11/6 y ese mismo dia se despacho la negativa. El 18/6 se hace efectivo el apercibimiento. Como La empleadora contesta en tiempo y forma, y es cierto se tendria que haber esperado un poco mas. Hoy le aconseje que se presente a trabajar. Lo hizo, pero he que aqui ante su presentacion, con testigos, con algunas agreciones de parte de la empleadora como "que me estan tomando de p.........de que venis a trabajar no tenes cara" entre otras cosas. A lo que la trabajadora se retiro, y ya mandamos otro TCL por la nueva negativa de tareas. Ahora creo que si se salva el error anterio NO?.
Gracias
Erwin
 #373723  por ErwinAndreThiago
 
Ademas debemos tener en cuenta que ya es una injuria no tenerla registrada, negarle tareas, 11/6 y subsiguientes, mas aun hoy tampoco. Creo que hoy la empleadora se dejo llevar por sus impulsos vicerales, haciendo caso omiso a la estrategia de su abogado de intimarla a trabajar, para no configurar el despido. Pero con este hecho de no dejarla ingresar, me parece que listo. Ademas le dijeron a la trabajadora "ya te mande la contestacion de la CD, (respecto del Silencio), esperala en tu casa. Que opinan podre salir de esta?
 #373969  por DAL
 
La empleadora tiene razon, tu cliente le esta tomando el pelo. Tu cliente se dio por despedido. Si se dio por despedido, para que va a trabajar????? Una vez que se corta el vinculo, la conducta posterior de las partes no es relevante para la causa del despido. Si se dio por despedida ya esta. Bien o mal, con derecho a indemnizacion o sin derecho a indemnización, pero el vinculo se terminó, asi que no caben más emplazamientos que tengan que ver con cumplir el deber de dar o recibir tareas.
 #440023  por mechi2008
 
My útiles estos aportes para mi caso. Gracias. (posteo esto porque no se como hacer para agregarlo a mi lista, soy nueva acá).. :?
 #440213  por DAL
 
HOla Mechi:
A que lista querés agregaralo???

En general hacemos así: Primero leemos los temas que tienen movimiento a ver si algo nos sirve.
Segundo entramos al buscardor, arriba arriba de la pantalla y ponemos las palabras claves de nuestra busqueda, allí vemos si nos sirve algo de lo que aparece.
Tercero vamos al inicio del foro (en cada tema que nos interese, sea laboral, civil, penal, etc) y tocamos el botón NUEVO TEMA, y allí abrimos un tema, donde le ponemos un titulo mas o menos explicativo de la cuestion (evitar genericos como SOCORRO, URGENTE, AYUDA, AUXILIO, etc) y en el cuerpo del mensaje describís tu problema.
Y esperar!
 #440250  por mechi2008
 
gracias Dal!! ya lo hice varias veces, es que este me lo quería guardar para usarlo en su momento, y de esta forma me sale en la lista de mis posts (más fácil que buscarlo otra vez) :)