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  • RECLAMO SOLO ANTE LA ART.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #440347  por SIPOL82
 
TENGO EL SIGUIENTE INTERROGANTE. UN TRABAJADOR SUFRIO UN ACCIDENTE DE TRABAJO, LO DENUNCIA ANTE LA ART. LA ART LE DA UNOS DIAS Y LUEGO LE DA EL ALTA. EL TRABAJADOR SEGUIA CON DOLOR, POR LO QUE ME CONSULTO ACERCA DE LA POSIBILIDAD DE INICIAR UN RECLAMO JUDICIAL ANTE LA ART. HIZO UNA CONSULTA CON UN MEDICO LEGISTA QUIEN LE DA UN 10% DE INCAPACIDAD. MI CONSULTA ES LA SUGUIENTE, YO AHORA PEDI UN SECLO SOLO CONTRA LA ART, PORQUE NO QUIERE INICIAR NADA CONTRA EL EMPLEADOR PORQUE AUN CONTINUA TRABAJANDO ALLI Y NO QUIERE TENER PROBLEMAS. SI EN SECLO NO LLEGO A UN ACUERDO, EXISTE LA POSIBILIDAD DE INICIAR JUICIO SOLO CONTRA LA ART Y PLANTEAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS COMISIONES MEDICAS O SI O SI, SI VOY POR LA VIA JUDICIAL TENGO QUE DEMANDAR AL EMPLEADOR? GRACIAS
 #440391  por Galatea
 
Hola:

Mira, si se trata de un accidente en el trabajo y no podès arreglar vìa SECLO vas a tener que entablar demanda por inconstitucionalidad de ley, reparaciòn integral, daños y perjuicios contra el empleador y en forma solidaria contra la ART.

si se trata de un itinere no hay reparaciòn integral, solo las prestaciones de ley, y no podès de mandar al empleador ya que este en el trayecto que realiza el trabajador tanto de ida como de regreso no tiene ninguna responsabilidad.

Suerte y saludos,

Te comento que MAPFRE Y CONSLIDAR no estàn arreglando en SECLOS; es una nueva postura que adoptaron hace 15 dìas aproximadamente
 #440621  por ignaci0
 
Para que el SECLO ? La ART le dio ya algun porcentaje de incapacidad ? Caso contrario podes intimarlos mediante TCL o sino ir a Comisiones Medicas para que lo examinen y otorguen porcentaje de incapacidad.
 #440749  por Galatea
 
El SECLO es para asegurar que la ART le brinde una fecha de revisación médica a tu cliente, a donde lo vas a hacer concurrir con un médico legista de tu confianza, para que si no hay porcentaje de incapacidad, el medico legista pueda consensuar un porcentaje de incapacidad con el médico de la ART (que generalmente no supera el 2%) y con eso tu cliente se lleva una moneda y a vos te regulan honorarios por la labor profesional.

Las comisiones médicas generalmente te planchan, es decir que casi siempre te ponen un o% de incapacidad lo cual significa $00,00 para tu cliente y para vos; en un SECLO es más dificil que te planchen. Se entendió?
 #441162  por Ariel 78
 
También puede ir solo contra la ART, impugnando el alta o el dictamn donde no le otrogar la capacidad que corrresponde, ya que no está hablando de repareción integral, sinó que no le otorgan la incapacidad que corresponde, o sea por que la ART no cumple con lo provisto por la LRT. Deberá probar en juicio que tiene una incapacidad, que es producto del trabajo y que la ART no te la reconoció. Saludos.
 #441317  por SIPOL82
 
Muchas gracias por todas las respuestas!!!!!!! Lo que entendì es que si no arreglo en seclo, voy a tener que ir vía comisiones médicas y seguir el procedimiento de la LRT, ya que sólo voy a demandar a la ART. Esta persona no quiere demandar a su empleador porque todavía sigue trabajando!! Lo hice revisar por un medico legista y le da un 9% de incapacidad.
 #441482  por investigando25
 
esta bien lo que hiciste. haces el seclo y si no conseguis ningun arreglo, tenes que plantear la inconstitucionalidad de la ley , por las comisiones medicas, y la unica prueba que desarrollas es la pericia medica, porque el accidente ya lo tenes reconocido como tal.
y si el dia de mañana , antes de los dos años , quiere pedir la integral, te cabe pedir otro seclo , contra la empresa por reparacion integral e inconstitucional de todo
 #441502  por ValeAle
 
hola a todos. yo tengo un caso similar. Queria que me ayuden un poco.. Como es la audiencia en el Seclo contra la ART. Como se llena el formularia que se pone? como se desarrolla en la audiencia? gracias
 #441738  por SIPOL82
 
O sea que si no arreglo en el seclo, puedo pedir inconstitucionalidad de las comisiones médicas e ir ante un juez laboral y demandar solo a la art? es procedente?
Con respecto a tu pregunta en el formulario para pedir seclo, ponés como demandado a la ART, y pedis la inconstitucionalidad de la ley 24557
 #441766  por Galatea
 
ValeAle escribió:hola a todos. yo tengo un caso similar. Queria que me ayuden un poco.. Como es la audiencia en el Seclo contra la ART. Como se llena el formularia que se pone? como se desarrolla en la audiencia? gracias
La audiencia via SECLO es bastante sencilla. Generalmente van Estudios que las ART tienen contratados, es muy raro que vengan abogados de las ART. QBE por ejemplo es una ART que suele enviar abogados de la propia ART; el resto como MAPFRE, CONSLIDAR, PREVENCION, CNT y otras, envian a los abogados de los Estudios Juridicos que contratan. Esto es una ventaja porque resulta que tienen tantas audiencias que no tienen mucha información del siniestro. Te conviene llevar en una hoja todos los datos relativos a tu cliente (apellido y nombres, documento, CUIL, Fecha de ingreso, egreso ó si continua trabajando, remuneración que percibia antes de que se produzca el siniestro, breve relato de como ocurrio el accidente y luego detalla las secuelas. Es probable que los representantes de la ART soliciten la fijación de una nueva fecha de audiencia, en ese lapso, si la ART los autoriza te van a pasar fecha, hora y nombre del médico que lo va a revisar; ahí te conviene ir con un médico legista. Luego en base al % de incapacidad que le determinen y al Ingreso base mensual vas a tener lo que le deberia pagar la ART, aunque no siempre los ofrecimientos que te hacen en 2° audiencias coinciden.

Suerte, vas a tener que hacer tu propio camino para ver como se va moviendo todo esto. Espero que esta data te sirva de ayuda
 #441941  por pablorodriguez
 
Tambien podes recurrir a sede laboral y demandar solo a la ARt, planteando la inconstitucionalidad de la LRT, en cuanto a los articulos que te obligan a recurri a la justicia federal y alas comisiones medicas, pedis la prestaciones de la ley y que la incapaciada la estime un perito designado por el juez