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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #443149  por marinag
 
Hola a todos, agradeceria alguien pueda responderme que sucede en el caso de un trabajador de hipermercado en el cual es jefe (por tanto, creo no se le aplica la jornada laboral de 48 hs semanales), siendo que si no se le abonan las hs extras, hasta cuantas horas puede trabajar por dia legalmente? y en caso de que no se le otorgue el descanso semanal, puede considerarse despedido? realmente estuve leyendo bastante el tema, pero aun no puedo dar respuesta a estas inquietudes, que debo resolver de manera urgente. En este caso, vino a consultarme con la intimación a la empresa enviada. La intimación que envío la hizo no solo por los hebdomadarios, sino también por horario nocturno impago, y extras (jornada rotativa de domingo a viernes de 8 a 18 y 12 a 22hs y sáb. de 10 a 22hs.). El problema que encuentro es que en el tcl denuncia el puesto "fuera de convenio - jefe" que es como le figura en el recibo...
Lo único que tengo q favor son copias de las fichadas firmadas por un empleado de RRHH de la empresa donde consta que no tiene las 12 hs. de descanso entre jornadas. Puedo de todos modos discutir el puesto? en principio entiendo que no, pero por ahí haya alguna forma!!
por otra parte, en el caso de ser posible, el cálculo de las extras se puede hacer con el tope de 200 hs. anuales como dice el dec. reglamentario de la 11544??? en el caso las excede, y no se como interpretar si le pagarian las 200 hs. anuales o las que excedan esa cantidad (quedando esa cantidad de hs. impagas digamos). Agradezco a quien pueda ayyudarme. Saludos.
 #443240  por dradilella
 
Hola, te hago una consulta, mas alla de lo que diga el recibo podrías describir las tareas como "jefe", porque los jefes no tienen hora extra, pero ese tipo de jefe es uno que por ejemplo tiene poder decisorio. Gracias.
 #443658  por marinag
 
Agradezco tu interes; el tenia personas a cargo, y hacia pedidos de cosas que faltaban, etc, pero no tenia "desicion" tal como lo planteas, de hecho, si faltaba personal para reponer mercaderia, lo hacia el tambien. Pero si nada de hs. extras le corresponden si es jefe, a que se refiere el decreto reglamentario de la ley 11540 cuando en su art. 13 habla de que en ningun caso podran excederse...las 200 hs. anuales?realmente no me queda claro; y por otro lado, aunque en la intimacion le pusieron jefe fuera de convenio, se podria discutir que es Jefe? desde ya muchas gracias por tu ayuda. Saludos
 #443713  por dradilella
 
Yo la posibilidad que le veo es discutir la categoria de jefe, porque si es jefe no le corren las horas extraordinarias.
"Toda vez que ell actor revestía el carácter de "jefe del sector
de electrodomésticos" de un supermercado siendo sus funciones la
de dirigir y controlar a los empleados a su cargo, controlar el
punto mínimo y máximo de los stocks, impartir órdenes a las
cajeras afectadas exclusivamente a dicho sector, reportando al
gerente o subgerente de la sucursal, tales tareas a su cargo
revelan su calidad de personal jerárquico por lo que se
encuentra incluído dentro de los supuestos de excepción
previstos por la normativa emergente del art. 3 inc. a) de la
ley 11544 y corresponde el rechazo de su reclamo por horas
extras.
BTNest 56 TOQ 1243


González/Rodriguez 4077/01
Bodeman, César c/ Supermercados Norte SA s/dif. de salarios.
13/08/03

91881
"De acuerdo al principio de primacia de la realidad que obliga a
aplcar las normas con prescindencia de las denominaciones que
las partes dan a sus figuras, atendiendo a lo que se da en la
realidad, más allá de la denominación de "jefe" que le diera la
demandada y que consignara en sus libros y recibos, si las
tareas desempeñadas por el trabajador no se correspondían con
tal categoría, no puede considerárselo dentro de las excepciones
previstas en el art 3 de la ley 11544 y por lo tanto corresponde
el pago de las horas extras laboradas.
BT 56
TOQ 1243


(C-S)

17528/05
Diaz Lobo Igancio c/ Supermercados Norte SA. s/ Despido"
31/08/07

15477

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo."

Es cuestion de buscar y tratar de adecuar tu planteo a la jurisprudencia. Suerte y saludos.