Hola, mi pregunta es la siguiente, le iniciaron demanda a mi cliente(empleador), contestamos, le dieron traslado a él para que ofrezca prueba; si el ofrece más prueba de la que ofreció en la demanda, presentará un escrito con ella. Ahora el traslado de ese escrito para que yo desconozca en caso de que haya documental, como se me notifica, por ministerio ley o por cédula? Pregunto porque el expte esta a despacho hace mucho tiempo, y quería quedarme tranquila.
Gracias.
Anab.
Gracias.
Anab.