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  • ¿Cómo me notifico, por nota o por cédula?

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 #445574  por Anab
 
Hola, mi pregunta es la siguiente, le iniciaron demanda a mi cliente(empleador), contestamos, le dieron traslado a él para que ofrezca prueba; si el ofrece más prueba de la que ofreció en la demanda, presentará un escrito con ella. Ahora el traslado de ese escrito para que yo desconozca en caso de que haya documental, como se me notifica, por ministerio ley o por cédula? Pregunto porque el expte esta a despacho hace mucho tiempo, y quería quedarme tranquila.

Gracias.

Anab.
 #446193  por kantaclaro
 
No se entiende tu pregunta, acaso en la contestación de dda no ofreció prueba?. Que otra prueba va a ofrecer y en que oportunidad?. Me confunde la pgta, podrías reformularla. Gracias
 #446203  por Anab
 
Primero gracias por contestar
La pregunta radica, en que viste que en laboral, una vez que contestas demanda, se le da traslado al actor, para que en el plazo de 3 días ofrezca la prueba de la que intente valerse, o agregue más si ya ofreció en la demanda. Si el ofrece esa prueba, el traslado, no se si me lo notifican por cédula, o por nota.

Gracias